La Asamblea francesa regula el fin de la vida sin aceptar la eutanasia

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El 17 de marzo salió adelante en la Asamblea Nacional francesa la proposición de ley sobre el fin de la vida, con 436 votos a favor, 34 en contra y 83 abstenciones. Elaborada por los diputados Alain Claeys (PS) y Jean Leonetti (UMP), fue un encargo directo del presidente de la República, François Hollande, que había incluido en su programa electoral una proposición sobre la dignidad humana ante la muerte (cfr. Aceprensa, 20-12-2014).

Al final ha prevalecido el consenso, fruto también de los prudentes dictámenes de diversos órganos consultivos y de las asociaciones profesionales. Se rechazaron las enmiendas más radicales, que pretendían legalizar la asistencia médica al suicidio y la eutanasia en sentido estricto; y se introdujeron algunos avances y precisiones respecto de la ley vigente desde 2005, aprobada en su día por unanimidad, de la que fue ponente el propio Leonetti.

La ministra de sanidad, Marisol Touraine, defendió la propuesta, en contra de criterios personales precedentes, apelando a los deseos reales de la sociedad francesa en estos momentos. Los dos ponentes jugaron con fuerza ante la presión de la izquierda socialista, advirtiendo que retirarían el proyecto si era modificado de manera sustancial. Ha salido adelante con el voto centrista y el de la mayor parte del partido del gobierno.

La reforma legal prosigue el camino de dar prioridad a la voluntad del paciente

Posible rechazo de tratamientos

Si, como parece, la ley es aprobada también por el Senado, se configurará un sistema equilibrado, en la línea de la ley Leonetti, que rechazó el llamado encarnizamiento terapéutico e introdujo la figura del testamento vital. Ahora se da un paso adelante, con la aceptación de la sedación profunda previa a la muerte y la mayor relevancia jurídica de las directivas anticipadas. Esto suscita cierta aprensión entre los médicos y las asociaciones pro-vida, aunque Leonetti insiste en que la sedación se aplicará a pacientes con una enfermedad grave e incurable –en los términos previstos por la ley– y no como medio de provocar la muerte.

La sedación se inscribe en el ámbito de los cuidados paliativos, para evitar el sufrimiento final de pacientes con una enfermedad grave e incurable, con pronóstico de fallecimiento a corto plazo. Los médicos actuarán con el consentimiento expreso del enfermo, aunque en la exposición de motivos se justifica el derecho a la sedación si el interesado no está en condiciones de expresar su voluntad.

En el rechazo de terapias, se incluye la posible suspensión, a petición del enfermo, de tratamientos incómodos, como la ventilación por traqueotomía, o –muy discutible su consideración de tratamientos– la hidratación o nutrición por vía intravenosa.

La reforma legal prosigue el camino de dar prioridad a la voluntad del paciente –o de sus parientes próximos: “personas de confianza”– antes que al personal sanitario. Las directivas anticipadas, previstas en la ley de 2005, sólo eran válidas en el término de tres años y podían no ser atendidas por los médicos. La nueva ley concede el derecho a imponer a los facultativos los deseos personales relativos al fin de la vida y, en concreto, sobre el rechazo de tratamientos agresivos. Lógicamente, como todo “testamento” puede ser revisado y revocado en cualquier momento. De modo semejante, existirá un registro nacional automatizado, a partir de un modelo oficial que se aprobará más adelante.

En los debates se han llegado a manifestar opiniones negativas, como si el paciente fuese víctima y el médico su verdugo. Sin reflejar nada peyorativo para los profesionales de la salud, se sustituye el “deber del médico por el derecho del enfermo”, en palabras de Leonetti, quien explica, además, que no se ha regulado la objeción de conciencia de los facultativos, porque la ley excluye acciones que provoquen directamente la muerte. En cambio, la obligatoriedad de las directivas anticipadas puede decaer en caso de peligro de muerte, y mientras los médicos afinan el diagnóstico y valoran posibilidades de curación mediante soluciones inexistentes en el momento de ser redactado el testamento vital.

La sedación se inscribe en el ámbito de los cuidados paliativos, para evitar el sufrimiento final de pacientes con pronóstico de fallecimiento a corto plazo

Ampliar los servicios de cuidados paliativos

Se ha hecho un esfuerzo de precisión jurídica, pero habrá que estar a la aplicación efectiva de la ley. Por otra parte, la opinión generalizada es que debe colmarse cuanto antes el déficit real de los cuidados paliativos, tanto en los hospitales, como en la atención a domicilio.

El futuro dependerá de que prevalezca el individualismo –la voluntad del enfermo– sobre las exigencias generales recordadas en un documento firmado por las autoridades de las principales religiones: Philippe Barbarin (cardenal arzobispo de Lyon), François Clavairoly (presidente de la Federación protestante de Francia), monseñor Emmanuel (presidente de la Asamblea de obispos ortodoxos), Haïm Korsia (gran rabino de Francia) y Mohammed Moussaoui (presidente de la Unión de mezquitas). La tesis central es que el ordenamiento jurídico debe mantener la prohibición de dar muerte a otro; y las normas sobre la vida y la muerte son un gran reto “para la solidaridad entre las generaciones, para la confianza entre los cuidadores y los cuidados y, más profundamente, para servir a la grandeza de la medicina, el espíritu civilizador y los principios humanitarios”.

Antes que de eutanasia, hablar de cuidados paliativos

La sedación paliativa no figura en ninguna ley estatal española, aunque sí se aplica como tratamiento. “La decide un médico —explica a El Mundo el presidente de la Comisión Deontológica de la Organización Médica Colegial, Marcos Gómez—. Tiene lugar cuando hay persistencia de uno o varios síntomas refractarios al tratamiento disponible, de tal modo que no queda otra que reducir la conciencia del enfermo, porque es la única posibilidad de que tenga un final en paz”.

El especialista subraya diferencias: “Una cosa es la eutanasia, que se aplica en dosis masivas y tiene la intención de acabar con la vida, y otra bien distinta es la sedación, que se administra en pequeñas dosis y solo pretende aminorar la agonía y el dolor”.

Según el diario, en la actualidad hay unos 250.000 pacientes terminales en toda España. Por otra parte, respecto a la situación de los cuidados paliativos, el presidente de la Sociedad Española de Cuidados Paliativos (Secpal), Álvaro Gándara, la cataloga de “crítica”. “Existe un déficit de actuación y han ignorado nuestras solicitudes de forma miserable”, afirma a Qué!

“Ni en España ni en ningún país debería ser viable el debate sobre la eutanasia mientras no exista un sistema de cuidados paliativos implantado al cien por cien”, añade.

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