Willy el mártir reta al “coco”

publicado
DURACIÓN LECTURA: 6min.

Llamar al “coco”, ese ser maligno y difuso, para que venga y ajuste cuentas con los niños que no quieren dormir, es una de las amenazas más a mano de los padres –o lo era, que hay que cuidar que los nenes no se traumaticen–. Claro, que los progenitores saben que nada va a pasarles a sus hijos en cama, por eso se permiten retar al imaginario bicho a que se dé una vuelta por allí, con un saco al hombro.

“Desde la perspectiva de la religión como identidad, no resulta tan aceptable criticar o insultar elementos que conforman la propia personalidad o los ideales más profundos de un individuo”

El actor Willy Toledo también es de los que gusta de lanzar retos, en este caso, a la justicia, para que vaya a por él. Y lo hace porque está convencido –como los padres respecto al “coco”– de que la causa que se le sigue puede quedar, como auguraba el poeta, “en tierra, en humo, en polvo, en sombra, en nada”.

El caso está en los medios en estos días: tras el anunciado procesamiento de las participantes de una payasada anticatólica en Sevilla en 2014, el actor publicó en sus redes sociales una diatriba directamente ofensiva contra Dios y la Virgen, por lo que un grupo de abogados cristianos interpuso una demanda en su contra por “ofensa a los sentimientos religiosos”. Toledo, que va de mártir del Estado “fascista” y “franquista” español, y que alaba, por contraste, las bondades democráticas de Cuba y Venezuela, se ha negado dos veces a comparecer ante el tribunal, por lo que en cualquier momento la policía puede ir a por él, no tanto por el presunto delito en sí como por su rechazo a rendir cuentas.

Con su detención generaría, por supuesto, un poco más de algarabía mediática que le serviría para llamar la atención con una especie de “¡hey, estoy aquí!”, de modo que algún productor lo saque del paro en el que lleva ya cinco años –sus invitaciones a asaltar el Palacio de la Zarzuela y sus alabanzas a la revolución de los soviets de 1917, no son cosas que ayuden en el currículum–.

Pero de cuestiones penales, poco. Quizás una multa vendrá a recordarle que hay límites a la libertad de expresión, pero ni eso es seguro: si personas que han profanado físicamente lugares de culto o ultrajado hostias consagradas han sido absueltas, a nuestro alegre actor las cosas no tienen por qué irle de modo radicalmente distinto.

Subjetividades válidas y no válidas

En asuntos tan opinables como la identidad de género, algunos querrían penas más graves que las reservadas a los delitos contra los sentimientos religiosos

La razón principal por la que Willy Toledo se niega a acudir al tribunal es que considera “delirante” que en pleno siglo XXI sea delito ofender los sentimientos religiosos, según previene el artículo 525 del Código Penal, que pena dicha infracción con multa de ocho a doce meses. Y no es él solo quien lo objeta: varios tertulianos se han referido en estos días a esa figura como una reliquia medieval, y alguno ha ironizado que, dado que el ofendido es Dios, debería ser Él quien se persone en la demanda contra el actor.

El tono es, desde luego, la burla: se tienen por irracionales las creencias de una parte importante de la población, en el entendido de que aquello que consideran sagrado es subjetividad pura, superstición, vapor de agua…, y que no es serio sentar en el banquillo a quien se dedique a denigrar esa vacuidad que solo existe en la imaginación.

Este criterio contrasta, sin embargo, con el que muchos de los opinantes mediáticos y algunos políticos emiten respecto a temas más “guais”, como el asunto de la “reasignación de género”, por ejemplo. Los parlamentarios de Podemos han impulsado una proposición de ley para multar con hasta 45.000 euros a quien publique en las redes sociales contenidos “ofensivos o vejatorios por razón de orientación sexual, identidad o expresión de género”. Así, un “reasignado”, una persona que subjetivamente entiende pertenecer al sexo opuesto, podría sentirse vejado si a alguien se le ocurriera decir que su nueva identidad ha nacido únicamente de su imaginación o de su voluntad, y podría demandarlo.

Al parecer, la subjetividad de unos es defendible. La de otros, directamente cuestionable o indigna siquiera de ser tomada en cuenta.

Un asunto de identidad

Si personas que han profanado lugares de culto o ultrajado hostias consagradas han sido absueltas, al actor no debe de irle peor

A raíz del juicio por el asalto a una capilla en la Universidad Complutense y el veredicto finalmente favorable a una de las participantes, el profesor Rafael Palomino, catedrático de Derecho eclesiástico del Estado en la Universidad Complutense de Madrid, refería lo que puede ser una desventaja de los creyentes respecto a otros colectivos: mientras estos últimos deben ser protegidos en razón de que sus rasgos o criterios forman parte de su identidad y le son inherentes, las creencias de las personas religiosas son vistas como materia de elección. Y toda elección, en virtud de la libertad de expresión, es criticable (y vituperable, ¿por qué no?).

“Desde la perspectiva de la religión como elección –explicaba Palomino en otro momento–, parece lícito criticar y debatir acerca de ideas religiosas descarnadas, generales, abstractas, etc., que pueden elegirse o que pueden rechazarse (allá cada uno con sus gustos y elecciones). Y desde la perspectiva de la religión como identidad, no resulta tan aceptable criticar o insultar elementos que conforman la propia personalidad o los ideales más profundos de un individuo”.

Esto, que pase a ser percibida la religión desde la identidad, ayudaría bastante más a evitar que salga gratis herir por diversión a quien profese determinado credo. El experto sugiere que podría reformularse la figura penal –lo de los sentimientos religiosos le parece “un concepto tal vez poco afortunado”– como un delito más contra el honor de las personas: lo punible no sería en ese caso arremeter contra una “abstracción”, sino contra la integridad moral de ciudadanos concretos.

Mientras eso llega –y no se sabe si llegará–, quizás lo aconsejable sería abstenerse de ir judicialmente contra algunos exaltados por las tonterías que profieren, pues se contribuye a darles publicidad al agravio y al agraviante, y a multiplicar el interés por ofender –según Toledo, otros miles se han lanzado a las redes a reproducir sus insultos–. Dado que el escarnio a las creencias de los católicos ha sido interpretado por algunos jueces como un lógico ejercicio de la libertad de expresión, tal vez sea oportuno trabajar primero para corregir los márgenes que deja la ley a este irrespeto gratuito.

Pero de momento, mejor dejar que Willy patalee contra el “nacionalcatolicismo imperante”. Con no hacerle de bocina involuntaria ni regalarle la palma del martirio, ya ganamos todos.

Para saber más

Libertad de expresión y respeto a los creyentes

“Por favor, no se ofenda”

La libertad de expresión necesita de la responsabilidad

Contenido exclusivo para suscriptores de Aceprensa

Estás intentando acceder a una funcionalidad premium.

Si ya eres suscriptor conéctate a tu cuenta. Si aún no lo eres, disfruta de esta y otras ventajas suscribiéndote a Aceprensa.

Funcionalidad exclusiva para suscriptores de Aceprensa

Estás intentando acceder a una funcionalidad premium.

Si ya eres suscriptor conéctate a tu cuenta para poder comentar. Si aún no lo eres, disfruta de esta y otras ventajas suscribiéndote a Aceprensa.