El gobierno español ha remitido al Parlamento un proyecto de nueva ley sobre las técnicas de reproducción asistida que facilita la experimentación con embriones y no pone coto a la proliferación de embriones congelados. También autoriza la selección de embriones para hallar uno que pueda servir de donante a un hermano enfermo. Hasta ahora solo se permitía fecundar óvulos con fines de reproducción. Preguntamos a la especialista María Dolores Vila-Coro sobre las implicaciones de esta reforma.
María Dolores Vila-Coro es, además de miembro del Comité Director de Bioética del Consejo de Europa desde 1999, presidenta del Grupo de Ética y vocal de la Comisión Española de la UNESCO, de la que desde 2000 es también directora de la Cátedra de Bioética y Biojurídica (www.catedrabioetica.com). Es además fundadora y presidenta de la Sociedad Española de Biojurídica y Bioética. Durante cinco años (1997-2002) fue vocal de la Comisión Nacional de Reproducción Asistida (CNRA).
— La anterior reforma, de 2003, pretendía en particular reducir el número de embriones congelados, limitando a tres el número de óvulos que se pueden fecundar en cada ciclo. El proyecto del actual gobierno elimina esta barrera. La ministra alega que así aumentará la probabilidad de éxito…
— El artículo 3.2 del proyecto de ley señala que «en el caso de la fecundación «in vitro» y técnicas afines sólo se autoriza la transferencia de un máximo de tres preembriones en cada mujer en cada ciclo reproductivo», pero no establece límites relativos al número de óvulos que se pueden fecundar. Habrá, por tanto, embriones sobrantes. La limitación del número de embriones a transferir, que se mantiene de la ley anterior, es una cautela innecesaria si se tiene en cuenta que hoy día ningún profesional implanta un número mayor, por los riesgos de enfermedades graves -como parálisis cerebral y otras deficiencias- comprobados en los hijos nacidos de partos múltiples.
Es cierto que cuantos más embriones disponibles existan, mayores son las probabilidades de éxito, pero no es esa la única solución. Si se alega como argumento que se pretende facilitar la reproducción, se debe tener también en cuenta que ya han nacido muchos niños procedentes de óvulos congelados.
Congelados y de libre disposición
— También se suprimirá el límite de cinco años para conservar los embriones, establecido en la primera ley de 1988. ¿Por qué? ¿Quién decidirá, en última instancia, el destino de los embriones congelados?
— El límite de cinco años trató de garantizar la integridad de los embriones, ya que se temía que, transcurrido ese plazo, sufrieran algún deterioro. Sin embargo, se ha comprobado que pueden permanecer más tiempo; por ejemplo, han nacido varios niños de embriones que tenían más de siete años.
El destino de los embriones congelados está ya decidido en la ley: se eligen aquellos que se desarrollarán en el seno de la madre o mujer receptora y el resto se utiliza para investigación o se les deja morir. Conviene aclarar que no se trata de usarlos para curar ninguna enfermedad. Conseguir algún efecto terapéutico pertenece a un futuro todavía incierto.
Se ha especulado mucho acerca de las supuestas terapias que se iban a lograr con las células madres embrionarias. Pero desde hace ocho años se investiga con ellas y, por ahora, no ha habido ningún avance ni de tipo terapéutico ni científico. Los pocos que se han publicado son preliminares y han causado efectos adversos en los enfermos, algunos de los cuales han fallecido por el desarrollo de tumores causados por la capacidad proliferadora de las células madres embrionarias.
El Ministerio de Sanidad ha autorizado un proyecto de investigación con células madre embrionarias humanas al doctor José López Barneo. Este investigador afirma que se están creando falsas expectativas en los enfermos que, al verse frustradas, pueden generar un clima de desconfianza hacia la ciencia. Además ha señalado que no es urgente la utilización de células madres embrionarias, ya que pueden producir rechazo en el receptor y producir tumoraciones, y que primero habría que experimentar con animales con el fin de ver si realmente son útiles para curar enfermedades.
En cambio, hasta ahora existen más de cien proyectos de investigación que han sido satisfactorios y han permitido el desarrollo de tratamientos eficaces a partir de células madre adultas.
Este es el campo en el que los investigadores están cifrando sus esperanzas porque, desde un punto de vista terapéutico, han encontrado realidades.
— ¿Se amplían las posibilidades de experimentar con embriones?
— Con el pretexto de solucionar el problema ocasionado por el gran número de embriones congelados, la ley anterior dio luz verde a la utilización experimental de los que se encontraban depositados en los bancos antes de su entrada en vigor. Ahora, como no se especifica si se va a experimentar sólo con los congelados, se entiende que se puede investigar con todos los embriones sobrantes y no sólo con los congelados.
«Bebés medicamento»
— El proyecto admite la selección de embriones a fin de hallar uno que pueda ser donante compatible para un hermano con una enfermedad congénita. ¿Le parece necesario o justificado?
— En ningún caso es legítimo utilizar a un ser humano para salvar la vida de otro. Toda la vida humana merece ser respetada en su dignidad.
A todo esto se añade que muchas de las noticias que aparecen en los medios de comunicación no se ajustan a la realidad. Es muy expresivo al respecto el ejemplo de la anemia de Falconi. Si se pretende curar la enfermedad que sufre un niño con la generación de un hermano compatible que, gracias a un transplante, permite aliviar o curar la dolencia, hay que tener en cuenta que es indispensable fecundar una serie de óvulos para luego seleccionar aquellos sanos. Pero esto es sólo el primer paso.
Entre los que están sanos hay que elegir después aquellos histológicamente compatibles con el hermano enfermo para evitar un posible rechazo. Teniendo en cuenta que para conocer la probabilidad de un acontecimiento que depende de varios factores -en este caso genes- hay que multiplicar la probabilidad de cada uno de ellos, entonces, al estar varios genes implicados, habría que multiplicar la probabilidad de los mismos. Y como, en términos genéticos, ésta es baja, el número de embriones que habría que desechar puede llegar a los 100, según los cálculos realizados por el Departamento de Genética de la Universidad de Alcalá.
Comprendo que a los padres que tienen un hijo enfermo les parezca legítimo cualquier atisbo de curación, pero los embriones desechados son también hijos suyos y se van a destruir únicamente porque no sirven como medicamento para curar al hermano enfermo.
— Si se aprueba el proyecto, seguirá sin haber tope de edad para que una mujer se someta a la fecundación artificial. En Francia e Italia se exige que la candidata esté en edad fértil y que esté casada o en pareja estable. ¿Qué opción considera preferible?
— Estoy de acuerdo con la opción de Italia y Francia. Me parece un acto de egoísmo por parte de la mujer de edad avanzada tener un hijo, cuando su organismo ya no es apto para la maternidad. Hay que pensar en el futuro de esa criatura, probable huérfano prematuro o con una madre anciana en el mejor de los casos, carente del vigor y del entusiasmo necesarios para orientar al muchacho durante la niñez y en la difícil etapa de la adolescencia.
Hijos de donantes anónimos
— En cuanto a la donación de gametos, el proyecto establece que sea bajo contrato, anónima, con registro de donantes, sin que se pueda obtener más de seis nacimientos a partir de un mismo donante. Las clínicas han criticado esta disposición por considerar que reduce posibilidades. ¿Qué opina usted?
— La donación de gametos supone introducir a un tercero en la concepción del hijo, con lo que se distorsiona el núcleo familiar. Lo peor es que se le oculta su origen genético inscribiéndole en el Registro Civil como hijo de un padre o de una madre que no son quienes le han generado: se trata de una institucionalización del engaño. En Estados Unidos se ha constituido una asociación de hijos de donantes anónimos que desean conocer, desesperadamente, quiénes fueron sus progenitores. Cuentan con detectives privados y abogados que investigan en clínicas y en el registro para averiguar sus orígenes.
Esta idea del anonimato nació en la Comisión Warnock, que fue la encargada en Gran Bretaña de estudiar las bases de la ley sobre técnicas de fecundación in vitro, bases que han pasado a formar parte del Derecho español. La propia inspiradora del anonimato del donante, la baronesa Warnock, ha declarado que reconoce el error cometido al establecer el anonimato, ya que toda persona tiene derecho a conocer su filiación biológica.
Curiosamente, ahora en España se obliga a la madre que quiere ocultar su embarazo y dar al niño en adopción a que lo reconozca e inscriba en el Registro Civil. Se alega para ello el mismo derecho que se niega al que ha sido concebido por técnicas de reproducción asistida.
Maternidad de alquiler
— ¿Qué le parece que el proyecto prohíba la «maternidad de alquiler»?
— Las llamadas impropiamente «madres de alquiler» -porque no siempre media precio como contraprestación- han generado grandes problemas en EE.UU., seguidos de grandes tensiones personales, acciones ante los tribunales, secuestros sucesivos de los niños, etc.
Desprenderse de una criatura que se ha llevado en el seno durante nueve meses resulta doloroso y antinatural. El vínculo que se establece entre la gestante y el concebido constituye un entretejido de relaciones fisiológicas en las que intervienen factores hormonales y emocionales de gran calado. Se llega a pedir a la mujer, en los contratos que se firman entre la que lleva el embarazo a término y los padres biológicos, que establezca una relación aséptica y fría con la criatura, para no implicarse afectivamente y evitar de esa manera que puedan surgir obstáculos a la hora de devolver el niño a sus padres. Con ello se priva al bebé de su primer nido amoroso de ilusión y esperanza que le ayuda a constituir la primera estructura psicológica necesaria para su pleno y armónico desarrollo emocional.
Una actividad poco regulada
— Da la impresión de que en España la reproducción asistida siempre ha estado poco controlada. La ley de 1988 preveía una Comisión Nacional que tardó nueve años en constituirse; un reglamento sobre qué hacer con los embriones congelados, transcurrido el plazo máximo de cinco años, que no llegó hasta la reforma de 2003; un registro de donantes de gametos que nunca se ha puesto en práctica. ¿Cómo explica estas deficiencias?
— La CNRA ha tardado inexplicablemente en crearse, y cuando se ha conseguido nos hemos encontrado con que, aparte de los representantes de instituciones públicas, participan en ella, en una proporción mayoritaria, quienes son juez y parte por pertenecer a clínicas en donde se practican las técnicas y se desarrollan los proyectos que la Comisión debe juzgar y valorar.
Los embriones congelados tenían un destino cierto, acorde con el proyecto para el que se habían generado y el fin para el que se habían dispuesto los bancos que los conservan: la reproducción. La prueba está en que la ley de 1988 admitía la donación a otras mujeres que quisieran llevar el embarazo a término en una especie de adopción prenatal, regulándose más tarde por decreto los pormenores de la donación. Pero lo cierto es que las clínicas ponían grandes dificultades y, de hecho, no creo que se llegaran a ceder embriones a otras mujeres, y no por falta de solicitantes. De este modo se han ido acumulando los embriones congelados, cuando esta situación se podría haber evitado estableciendo unos límites y facilitando la donación.
Nunca se ha sabido realmente cuántos embriones había almacenados, y no por carecer de medios para averiguarlo, sino por la falta de voluntad del anterior Ministerio de Sanidad. Si bien es cierto que no se había constituido el Registro de donantes y embriones, tal y como establecía la ley de 1988, no lo es menos que todos los centros necesitan de un permiso específico para cada una de las actividades que pretenden desarrollar: congelar semen, óvulos, embriones… Simplemente con algo tan sencillo como preguntar a las clínicas autorizadas cuántos embriones custodian en sus bancos, en cuestión de minutos podrían conocerse las cifras reales.
Lo que valoro positivamente de la nueva reforma es la constitución del Registro de donantes. Me parece demencial que, debido al anonimato y a la falta de un organismo nacional que recoja el número de individuos que genera cada donante, estemos bajo la amenaza de enlaces consanguíneos que, con gran probabilidad, se pueden producir.