Desde hace dos años hay en España un conflicto acerca de los resúmenes de prensa o press clippings, que distintas empresas informativas ofrecen a sus abonados o gratuitamente en Internet. Algunos de los medios más importantes de los que proceden los «recortes» dicen que son reproducciones ilícitas, y formaron una sociedad, Gedeprensa, para gestionar conjuntamente los derechos de los artículos. En Gedeprensa están cinco grandes grupos editores de periódicos: Godó, Prisa, Recoletos, Unidad Editorial y Vocento.
En abril de 2003, el Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC), que es un órgano administrativo, inició un procedimiento sobre el caso de Gedeprensa. El fallo, hecho público el 13 de mayo pasado, resuelve no autorizar el acuerdo por el que se constituía esta gestora de derechos. El motivo es que Gedeprensa sería, a juicio del TDC, un cartel que causaría graves alteraciones del mercado, al fijar precios, establecer una vía única para solicitar reproducciones e imponer un sistema de auditorías sobre los sistemas informáticos y de contabilidad de los editores de resúmenes. La resolución considera abusivo, por ejemplo, obligar a las empresas de press clippings a pasar por una base de datos mantenida por Gedeprensa para obtener artículos, teniendo en cuenta que se trataría siempre de materiales ya publicados. En suma, esta fuerte concentración horizontal para el suministro de informaciones sería contraria a la libre concurrencia.
Sobre la cuestión de fondo, el TDC sostiene que no está claro si los resúmenes de prensa son ilícitos según la ley vigente, a falta de sentencias judiciales que la interpreten (los medios asociados en Gedeprensa no han demandado a ninguna editora de press clippings). En principio, se requiere autorización para reproducir artículos de prensa cuando consta expresamente la reserva de derechos, cosa que hoy los medios de comunicación suelen consignar de modo general para todos sus contenidos. Pero esta reserva está sujeta a limitaciones para los textos e imágenes de actualidad, en virtud de la libertad de información, que es una norma superior. Por tanto, cree el TDC que las reproducciones dan a las fuentes derecho a remuneración, pero no están condicionadas a autorización previa en todos los casos.
Ahora bien, añade el TDC, la clave del asunto es que la ley no define el concepto de «resumen de prensa» o «revista de prensa». Estas actividades «quedan equiparadas, mediante un artificio legal, a las citas y reseñas», que no están sujetas ni a autorización ni a derechos de remuneración. Así pues, cabe «una amplísima interpretación sobre la existencia y alcance de los derechos» invocados por Gedeprensa. La indefinición legal «explica por qué hasta ahora no ha existido un mercado de derechos» y que «se desarrolle y se consolide una actividad como la de press clipping, de espaldas completamente a la supuesta propiedad intelectual que utiliza como insumo fundamental». Por lo mismo, el TDC considera lícito que los editores de prensa establezcan algún sistema para suministrar y cobrar artículos a las empresas de resúmenes. Pero han de buscar otra fórmula que no impida la libre competencia ni imponga a los clientes cargas excesivas. Por su parte, Gedeprensa ha manifestado que recurrirá por vía judicial la decisión del TDC.