El reconocimiento jurídico de las uniones homosexuales no supone simplemente «hacer legal una realidad» sino otorgarle -por medio de la ley- una aprobación pública, con lo que se acaba por respaldar esos modelos de comportamiento a la vez que se oscurece la percepción de lo que es el matrimonio. Lo subraya un documento con el que la Congregación para la Doctrina de la Fe pretende ofrecer criterios no solo a políticos católicos sino a «todas las personas comprometidas en la promoción y la defensa del bien común de la sociedad». El respeto hacia las personas homosexuales, afirma, no implica la aprobación del comportamiento homosexual.
El texto parte de las diversas actitudes que las autoridades civiles asumen ante el fenómeno de las uniones homosexuales: la tolerancia del fenómeno, sin una ley que explícitamente conceda un reconocimiento legal a tales formas de vida, y la aprobación de legislaciones que reconocen las uniones homosexuales o las equiparan al matrimonio. Ante el primer caso, subraya que la tolerancia no puede convertirse en argumento para proceder a la legitimación de derechos específicos para homosexuales conviventes: «la tolerancia del mal es muy diferente a su aprobación o legalización».
Motivos racionales
El documento se centra especificamente en explicar los motivos racionales, no confesionales, por los que es preciso oponerse a la legalización de las uniones homosexuales. Y ante la pregunta de cómo puede contrariar al bien común una ley que no impone ningún comportamiento, sino que se limita a hacer legal una realidad, subraya la diferencia entre la homosexualidad como fenómeno privado y como comportamiento público, legalmente previsto, aprobado y convertido en una de las instituciones del ordenamiento jurídico.
La vertiente pública es diferente, pues las leyes civiles «desempeñan un papel muy importante y a veces determinante en la promoción de una mentalidad y de unas costumbres. Las formas de vida y los modelos en ellas expresados no solamente configuran externamente la vida social, sino que tienden a modificar en las nuevas generaciones la comprensión y la valoración de los comportamientos. La legalización de las uniones homosexuales estaría destinada por lo tanto a causar el obscurecimiento de la percepción de algunos valores morales fundamentales y la desvalorización de la institución matrimonial».
Perjuicio para los niños adoptados
El texto también ofrece argumentos de orden biológico y antropológico, entre los que destaca el perjuicio para el desarrollo normal de los niños eventuralmente integrados en esas uniones, a quienes les faltaría, entre otras cosas, la experiencia de la maternidad o de la paternidad. La adopción de niños padres homosexuales significa introducirlos en ambientes que no favorecen su pleno desarrollo humano. «Ciertamente tal práctica sería gravemente inmoral y se pondría en abierta contradicción con el principio, reconocido también por la Convención Internacional de la ONU sobre los Derechos del Niño, según el cual el interés superior que en todo caso hay que proteger es el del infante, la parte más débil e indefensa».
En el ámbito social, «la consecuencia inevitable del reconocimiento legal de las uniones homosexuales es la redefinición del matrimonio», que perdería la referencia esencial a los factores ligados a la heterosexualidad, tales como la tarea procreativa y educativa. «Si desde el punto de vista legal, el casamiento entre dos personas de sexo diferente fuese sólo considerado como uno de los matrimonios posibles, el concepto de matrimonio sufriría un cambio radical, con grave detrimento del bien común», pues la sociedad «debe su supervivencia a la familia fundada sobre el matrimonio».
No se opone a la justicia
El documento afirma que para sostener la legalización de las uniones homosexuales no puede invocarse el principio del respeto y la no discriminación de las personas. «Distinguir entre personas o negarle a alguien un reconocimiento legal o un servicio social es efectivamente inaceptable sólo si se opone a la justicia. No atribuir el estatus social y jurídico de matrimonio a formas de vida que no son ni pueden ser matrimoniales no se opone a la justicia, sino que, por el contrario, es requerido por ésta».
Tampoco cabe invocar el principio de la justa autonomía personal. «Una cosa es que cada ciudadano pueda desarrollar libremente actividades de su interés y que tales actividades entren genéricamente en los derechos civiles comunes de libertad, y otra muy diferente es que actividades que no representan una contribución significativa o positiva para el desarrollo de la persona y de la sociedad puedan recibir del Estado un reconocimiento legal específico y cualificado. Las uniones homosexuales no cumplen ni siquiera en sentido analógico remoto las tareas por las cuales el matrimonio y la familia merecen un reconocimiento específico y cualificado. Por el contrario, hay suficientes razones para afirmar que tales uniones son nocivas para el recto desarrollo de la sociedad humana, sobre todo si aumentase su incidencia efectiva en el tejido social».
Recurrir al derecho común
En el plano jurídico, el documento también rechaza el argumento según el cual la legalización de las uniones homosexuales sería necesaria para evitar que los conviventes homosexuales pierdan el efectivo reconocimiento de los derechos comunes. «En realidad, como todos los ciudadanos, también ellos, gracias a su autonomía privada, pueden siempre recurrir al derecho común para obtener la tutela de situaciones jurídicas de interés recíproco. Por el contrario, constituye una grave injusticia sacrificar el bien común y el derecho de la familia con el fin de obtener bienes que pueden y deben ser garantizados por vías que no dañen a la generalidad del cuerpo social». En este sentido, el texto añade que subsiste el peligro de que «una legislación que haga de la homosexualidad una base para poseer derechos pueda estimular de hecho a una persona con tendencia homosexual a declarar su homosexualidad, o incluso a buscar un partner con el objeto de aprovecharse de las disposiciones de la ley».
El texto concluye con algunas anotaciones sobre el comportamiento de los políticos católicos ante proyectos de ley a favor de las uniones homosexuales: en caso de que se proponga por primera vez un proyecto de ley de estas características, su deber es oponerse. Si la ley ya está en vigor, dejará pública constancia de su desacuerdo, al tiempo que puede dar su apoyo a propuestas encaminadas «a limitar los daños de esa ley».
El documento titulado «Consideraciones acerca de los proyectos de reconocimiento legal de las uniones entre personas homosexuales» consta de 3.500 palabras y fue publicado el 31 de julio. Está fechado el 3 de junio y recibió la aprobación del Papa el 28 de marzo de 2003.
Diego Contreras____________________N. de la R.: Esta información, añadida al servicio 111/03 después de que fuera publicado, no apareció en la edición impresa sino en el sitio de Aceprensa en Internet.