Trasplantes y criterios de muerte

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Entre los temas que han sido objeto de consideración en las Jornadas Internacionales de Bioética, tiene un lugar destacado la discusión contemporánea alrededor de los criterios de muerte y, en concreto, la muerte cerebral y sus posibles variantes.

Como es sabido, la muerte cerebral es una situación última de un paciente, que se define de acuerdo con una serie de datos neurológicos. Estos permiten establecer con plena certeza la destrucción de su cerebro, y equivale al diagnóstico de muerte. Actualmente, las legislaciones de los países occidentales, entre ellos España, recogen estos criterios neurológicos de muerte cerebral como condición sine qua non para poder obtener órganos para trasplante. Estos sólo se pueden extraer a quien ha manifestado su voluntad de donar y cumple los requisitos médicos de muerte cerebral.

La generosidad de la población española, que confía, con razón, en el rigor y buen quehacer médico a la hora de diagnosticar la muerte, ha hecho que España esté por número de donaciones a la cabeza de los países europeos. Sin embargo, el número de donantes es muy pequeño en relación con el de pacientes que esperan un órgano como única salida a un problema insoluble de otro modo.

En Estados Unidos, ante esta escasez crónica de órganos para trasplante, se ha planteado, desde comienzos de los años 90, la posibilidad de obtener órganos de pacientes que mueren por causas no cerebrales. Estas causas deben permitir la realización de la donación (la muerte no puede deberse a un tumor o a ciertas infecciones); también es necesario un sistema especial de extracción que impida el deterioro de los órganos tras la parada cardíaca irrecuperable; a pesar de sus dificultades, el sistema parece que proporciona resultados satisfactorios.

En esta situación surge un problema: las leyes, entre ellas la española, sólo contemplan los criterios de muerte cerebral para poder extraer los órganos; como estos criterios exigen la realización de pruebas repetidas con un intervalo de varias horas entre ellas, esperar ese plazo en una parada cardíaca irrecuperable supondría que los órganos quedarían inservibles.

Como solución, algunos hospitales de Estados Unidos han planteado protocolos de extracción especiales en casos de muerte por causa no cerebral. Algunos de ellos han sido criticados por el Institute of Medicine de dicho país, pues dejaban pasar demasiado poco tiempo desde la parada cardíaca hasta la obtención de los órganos, sin dejar lugar siquiera a unos minutos de duelo de los familiares, y con una posible incertidumbre sobre la recuperabilidad de dichos pacientes. Sin embargo, adoptando las precauciones adecuadas (dejar pasar tiempo suficiente para que no quede duda alguna del fallecimiento), dichos protocolos podrían ser una fuente suplementaria que palie un poco la escasez crónica de órganos disponibles.

Actualmente, el gobierno español, teniendo en cuenta las indicaciones profesionales relativas a la seguridad de la muerte del donante, está estudiando la modificación de la ley de trasplantes, de modo que incluya criterios no cerebrales de muerte. Se abren así nuevas esperanzas para pacientes que llevan años en lista de espera para recibir un órgano que reemplace el suyo enfermo.

Antonio Pardo
Departamento de Humanidades Biomédicas
Universidad de Navarra

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