Grecia
La sentencia se refiere a un pleito que ganó un templo católico -la iglesia de la Dormición de la Virgen, del siglo XVI- debido a los desperfectos causados por una construcción realizada en terreno colindante. La parte contraria apeló la sentencia y consiguió ganar el caso en el Tribunal Supremo, que además declaró que la Iglesia católica no es persona jurídica y no tiene capacidad para efectuar actos judiciales y acudir a los tribunales. La sentencia del tribunal griego ha sido ahora rechazada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos por estimar que se trata de discriminación religiosa: ni la Iglesia ortodoxa ni la comunidad judía son tratadas de ese modo. El Tribunal de Estrasburgo ha condenado a Grecia a pagar cinco millones de dracmas en compensación por los desperfectos del templo, y seis millones por los gastos del proceso.