La Conferencia Episcopal española ha ofrecido a primeros de marzo los datos sobre la enseñanza de la religión en la escuela, correspondientes al curso 2003-2004. Resulta que casi 5,2 millones de los 6,8 millones de escolares han optado por recibir clases de Religión, es decir, el 75,64%, porcentaje similar al del curso pasado.
Llaman más la atención estos datos si se desglosan según el tipo de centro donde están escolarizados: católicos, 99%; titularidad civil, 85,28%; públicos, 72,23%.
En los colegios católicos se constata además que, respecto al curso pasado, el porcentaje sube 1,4 puntos en la Educación Primaria, 5 puntos en la Educación Secundaria, y 8,4 puntos en el Bachillerato. También se advierte una subida notable en los centros de titularidad civil: 3 puntos en Primaria, 3 en Secundaria y 1 en Bachillerato.
El informe atribuye todos estos ascensos a dos razones: el esfuerzo del episcopado español en actualizar la identidad católica de los proyectos educativos, y la preocupación de los padres por educar a sus hijos en unos valores más acordes con sus convicciones y sus necesidades educativas. En los centros de titularidad civil, la subida responde también a su carácter propio, que generalmente basa su proyecto educativo en el humanismo cristiano.
¿Y qué ha sucedido en los centros públicos para que descienda el porcentaje, sobre todo en Secundaria (6 puntos)?
El informe señala que las razones están en la regulación de la enseñanza religiosa que se estableció en la LOGSE y en los decretos que la desarrollan. Estas normas crearon «una grave discriminación en la actividad escolar, proponiendo a los alumnos que no fueran a clase de religión unas actividades de estudio sin valor académico alguno», como estudio o juegos.
Aunque el descenso no es despreciable, la asignatura de Religión sigue siendo mayoritaria en el conjunto de la enseñanza pública (en comparación, cualquier partido político consideraría un éxito abrumador ganar unas elecciones con más del 72% de los votos).
Con la entrada en vigor de la reciente Ley de Calidad, explica el informe, «este curso es el último que la enseñanza religiosa sufrirá esta discriminación. En adelante, los alumnos podrán ejercer su libertad sin trabas especiales, puesto que se les propondrá para su formación varias posibilidades de igual valor académico y sin coacción alguna en la actividad escolar».
El Estado español, recuerda el informe, está obligado a garantizar el derecho fundamental de los padres a elegir el tipo de formación que desean para sus hijos, tal como establece la Constitución y confirman sucesivas sentencias del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo. Y el ejercicio de ese derecho fundamental, subraya el informe, «no depende de la opinión contraria de los grupos minoritarios, ni de las presiones políticas o sociales que se manifiesten en contra de su desarrollo en la educación de los hijos, ni del poder mismo del Estado».
Rafael de los Ríos