Sigue suscitando polémica la Educación para la Ciudadanía, asignatura obligatoria que se impartirá a los escolares españoles entre los 10 y 17 años, a partir del próximo curso o en el siguiente. Ya han sido noticia los casos de algunas familias que han invocado la objeción de conciencia para que se exima a sus hijos. El Ministerio de Educación insiste en que se trata de una educación cívica, que no pretende ningún adoctrinamiento ideológico. En cambio, algunas organizaciones familiares denuncian que la asignatura supone una intromisión en la educación moral que corresponde a los padres.
Entre las organizaciones que propugnan la objeción de conciencia figura el Foro Español de la Familia. Su presidente, Benigno Blanco, ha explicado en un artículo los motivos de esta postura. A su juicio, los contenidos de Educación para la Ciudadanía (EpC) “entran en cuestiones de hondo calado moral que sobrepasan claramente el ámbito de los valores definidos en la Constitución y sus presupuestos o corolarios como exigió el Consejo de Estado”.
Entre los objetivos que pretende la asignatura, según los decretos que la desarrollan, figuran, entre otros, profundizar “en los principios de ética personal y social”, ”construirse una conciencia moral y cívica acorde con las sociedades democráticas”, etc. “Todos esos objetivos -escribe Blanco- no son en sí mismos malos, pero sí lo es que sea el Gobierno quien, al margen de la voluntad de los padres, afronte esa tarea con los criterios que él decide, expropiando a los padres su derecho a decidir con qué criterios morales se ha de formar a sus hijos”.
La nueva ética que fomenta la EpC nada tiene que ver con el esfuerzo por delimitar lo bueno y lo malo. “La ética de EpC es la del relativismo, la de la tolerancia indiferenciada tanto hacia el bien como hacia el mal, la de la resolución pacífica de conflictos; una ética de procedimientos para la que la democracia define los contenidos éticos en vez de subordinarse a ellos”, escribe Blanco.
Expresa el riesgo de confundir el Derecho y la ética, especialmente en temas trascendentales como el derecho a la vida o al matrimonio. Esto supone un riesgo para la libertad, pues “el Derecho lo aprueba y cambia el poder; y si la ética es el Derecho, la ética será lo que diga el poder en cada momento”.
Además, advierte, “la ideología de género está presente una y otra vez en EpC con su terminología específica: orientación afectivo-sexual, diversidad afectivo-sexual, homofobia, etc.”. “Para la ideología de género, ‘hombre’ y ‘mujer’ no son realidades naturales sino construcciones culturales”; “no existen dos sexos naturales sino distintas orientaciones afectivo-sexuales”, de idéntico valor.
Frente a todo ello, el Foro Español de la Familia propone que se reaccione planteando objeción de conciencia, como un derecho constitucional que forma parte del derecho a la libertad ideológica y religiosa amparado por el art. 16.1 de la Constitución. El Foro (y el resto de las organizaciones que patrocinan la objeción de conciencia) “está aconsejando a todos los padres de familia, objetores de hecho frente a los contenidos básicos fijados por el Estado para esta asignatura, que formalicen ya por escrito ante los centros escolares en que estudian sus hijos su condición de objetores por solidaridad con todas las familias españolas que ya el próximo curso van a verse afectadas”.