El Tribunal Supremo alemán ha tratado de dar respuesta a un difícil dilema: la Ley Fundamental reconoce una protección especial al matrimonio, pero esto significa, al mismo tiempo, una situación de mayor vulnerabilidad para los hijos de las parejas de hecho separadas, que no tienen ninguna culpa de que sus padres no hayan querido casarse.
La legislación alemana establece que un divorciado debe pagar una pensión a su ex cónyuge al menos hasta que los hijos cumplan ocho años, mientras que, en el caso de parejas no casadas, el plazo disminuye hasta los tres años, salvo en casos de «grave falta de equidad», como puede ser una enfermedad. Tras esos plazos, se estima que la antigua pareja, normalmente la mujer, debe estar en situación de trabajar a tiempo parcial, y que cuenta con la posibilidad de utilizar los servicios de una escuela infantil.
La especial protección al matrimonio a la que obliga la Ley Fundamental deriva en que el divorciado a cargo del hijo no deba ser incentivado a trabajar hasta que el hijo menor haya cumplido los 16 años. Tanto en el caso de los hijos nacidos en el matrimonio como en el de los que no, existen además ayudas directas del Estado, aunque de cuantía, por lo general, significativamente inferior a la pensión que pasa la otra parte.
A partir de ahora, esa diferencia entre casados y no casados queda matizada en lo que respecta a los hijos. Una sentencia que acaba de emitir la sección familiar del Supremo alemán afirma que, «desde el punto de vista constitucional», es lícito tener en cuenta, por ejemplo, qué planes de futuro conjunto tenía la pareja no casada, el tiempo de convivencia transcurrido o el deseo de tener hijos. En otras palabras, el Tribunal considera que puede hablarse de «matrimonios de hecho» y exigir a las partes, en ciertos casos, los compromisos que asumen los esposos. Pero también cree fundamentada la diferencia de trato entre matrimonio y pareja de hecho tras la ruptura, ya que la protección del matrimonio deriva en una «solidaridad post conyugal» y, consiguientemente, en un mayor compromiso hacia los hijos cuando hay divorcio.
El Tribunal Superior de Schleswig dio la razón a una madre contra su ex pareja de hecho, y amplió el período de la pensión 4 años más. La separación se produjo cuando la niña había cumplido ya los 3 años, pero la mujer, una médica, alegó enfermedad y el tribunal le dio la razón. El hombre, dentista de profesión, recurrió la sentencia al Tribunal Supremo con el argumento de que la cosa no es para tanto. El Supremo no se ha limitado a confirmar la sentencia, sino que afirma que la enfermedad de la niña no es el único elemento que tener en cuenta. Considera demostrado que la pareja tenía planes de futuro y un deseo unánime de tener hijos. Con ello, sin embargo, traslada la carga de la prueba a la voluntad de la pareja. Si el hombre no hubiera querido tener a la niña, su responsabilidad se hubiera extinguido a los tres años.
La ministra de Justicia, la socialdemócrata Brigitte Zypries -el miembro más polémico del Gobierno por sus ideas acerca de la familia, la investigación con embriones y también por unas recientes palabras muy groseras hacia la Iglesia-, ha manifestado su deseo de reformar el derecho a recibir pensiones tras la separación, con el fin de difuminar la diferencia de trato entre las parejas casadas y las no casadas. A su juicio, la Justicia debe ampliar los plazos de las pensiones para las parejas de hecho y, en cambio, recortarlos para los divorciados cuando, por ejemplo, el niño almuerce en el colegio. Al presentar su propuesta en abril, dijo que debe terminarse con la situación actual que «asegura un estatus de por vida» a la mujer casada, incluso después del divorcio, y que en adelante los jueces deben poder decir: «Ahora preocúpate por ti misma».
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