China aprueba un nuevo reglamento para el control de las religiones

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El gobierno chino publicó el 18 de diciembre 48 reglas para el control de las religiones, que entrarán en vigor el próximo 1 de marzo. Bajo la apariencia de dar «garantías a la libertad religiosa» se confirma en realidad el control capilar de personas, lugares y actividades.

Esa es la opinión del padre Bernardo Cervellera, director de la agencia Asia News (20-12-2004), sobre las nuevas normas que derogan el reglamento de administración de los lugares religiosos dictado en 1994. En el primer capítulo del nuevo reglamento se afirma el deseo de «garantizar la libertad religiosa, la armonía entre las religiones y en la sociedad», así como de que nadie sea discriminado por motivos religiosos.

Según Cervellera, este principio queda negado al discriminarse entre creyentes y ateos: las comunidades religiosas no deben «influir» en la educación estatal, y sólo pueden vender libros y objetos religiosos dentro de sus lugares de culto. Por el contrario, el ateísmo de Estado -según los también nuevos reglamentos aprobados para el Departamento de Propaganda- puede usar todos los medios de comunicación, escuelas y librerías para «destruir las supersticiones». Los creyentes, además, quedan discriminados porque, para ejercer la libertad religiosa, deben registrarse oficialmente: tal libertad aparece como una concesión del Estado o al menos no como un derecho innato.

El reglamento enumera los principios que deben respetar las organizaciones religiosas: «promover la unidad del Estado, la solidaridad del pueblo y la estabilidad de la sociedad», seguir el principio de las tres autonomías (de gestión, finanzas y organización) y no someterse al poder de un país extranjero (referencia indirecta a la Santa Sede).

A continuación se indican los requisitos para abrir lugares de culto o instituciones educativas con actividades religiosas: un nuevo proceso de inscripción burocrática en el que intervendrán las autoridades locales, provinciales y nacionales, cada una de las cuales debe responder en un plazo de 30 días a la solicitud. Este plazo se ha establecido, según Cervellera, porque muchos protestantes se quejaban de que sus solicitudes no eran contestadas.

En opinión de Cervellera, la libertad de las comunidades religiosas empeora con este reglamento, ya que será necesario obtener permiso para cualquier actividad, persona y lugar dedicado al culto: y ello en los tres niveles de autoridad. Además, al Departamento de Asuntos Religiosos se le adjudica la misión de controlar todas las actividades tanto desde el exterior como dentro de cada grupo religioso.

Aparentemente, la principal novedad del reglamento consiste en condenar los abusos de poder de las autoridades locales o del Departamento de Asuntos Religiosos: secuestro de edificios, imposición de tasas, encarcelamientos en función de intereses personales de los mandatarios. Ahora estos abusos se definen como crimen, o si son menos graves, como acciones sancionables.

Los artículos 40-48 del reglamento precisan las sanciones contra quienes ejerzan actividades religiosas sin permiso: incautación de bienes, multa, sanciones penales, destrucción de lugares de culto, destitución de cargos. Los miembros de las comunidades religiosas no registradas son considerados, según Cervellera, como falsarios que usan de la religión para fines ilícitos. Hay dos artículos (11 y 27) especiales para los musulmanes y los obispos católicos: los primeros sólo podrán peregrinar a La Meca en el marco de viajes organizados por el Estado y evitando el contacto con fundamentalistas; los segundos deben registrarse ante el Departamento Nacional de Asuntos Religiosos.

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