El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en su reciente sentencia del 27 de junio, responde a la cuestión prejudicial planteada por un órgano jurisdiccional español sobre la exención fiscal del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) reconocida a la Iglesia católica en España y su compatibilidad con el Derecho comunitario. Se trataba de dilucidar si la exención sobre este impuesto es aplicable a los colegios concertados pertenecientes a la Iglesia católica en aquellas actividades de enseñanza no subvencionadas que puedan tener una naturaleza económica.
Los hechos del objeto del litigio fueron los siguientes. El colegio “La Inmaculada” de los Padres Escolapios de Getafe realizó unas obras de reforma y ampliaci…
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