Tal vez sea este el libro más esperado -y el más personal- del profesor Ollero, catedrático de Filosofía del Derecho en la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. Hasta el momento se había dedicado a analizar en profundidad temas polémicos: la igualdad, el laicismo (España: ¿Un Estado laico?: ver Aceprensa 74/05), la educación, sin descuidar el tratamiento de los temas más problemáticos de la filosofía del Derecho -como hizo, por ejemplo, con su ¿Tiene razón el derecho? (ver Aceprensa 158/96)- o la biojurídica (Bioderecho: entre la vida y la muerte: ver Aceprensa 141/06).
Con El Derecho en teoría, Ollero se enfrenta al positivismo filosófico y a su secuela, el positivismo jurídico, con las armas que le ofrece la filosofía clásica, pero sin soslayar las aportaciones del pensamiento contemporáneo, en especial la hermenéutica. Entre otras cosas, reivindica una filosofía del Derecho práctica, es decir, una reflexión interna a la profesión jurídica y no la idea de un conocimiento profesionalizado de las normas.
Frecuentemente se tiende a confundir los fenómenos morales con los jurídicos, bien moralizando el derecho o juridificando la moral. Ambos extremos son erróneos, señala el autor. Derecho y moral son dos dimensiones de la actividad humana, cada una con su ámbito, aunque evidentemente pueden solaparse. El Derecho se ocupa de ajustar la libertad de los individuos, de la manera más razonable y teniendo en cuenta el bien de todos y la convivencia; la moral se refiere a las acciones que persiguen la perfección del hombre. Sin embargo, el Derecho está relacionado con las convicciones de los ciudadanos y depende de la concepción de justicia de cada grupo social. Así, Ollero discute los planteamientos laicistas, advirtiendo que también se fundamentan en supuestos éticos, aunque no los expresen.
De ahí el libro se desliza hacia consideraciones que bordean la filosofía política. En este sentido, advierte del error de identificar democracia y relativismo; es más: a su juicio, los sistemas democráticos sólo pueden mantenerse íntegros si renuncian a transigir en sus supuestos fundamentales: la dignidad de la persona, la igualdad… que actúan, a la postre, como núcleo duro e inexcusable de los Estados de Derecho. De este modo, desmonta las propuestas procedimentalistas que se preocupan de la forma y obvian las cuestiones de fondo.
¿Qué relaciones guarda el Derecho positivo con el Derecho natural? El profesor Ollero piensa que el Derecho no sólo ha de recoger las exigencias de justicia objetivas sino que han de ser introducidas en el ordenamiento por medio de procesos de formalización. En este sentido, la sociedad civil podría oponerse al Derecho injusto, y favorecer así su reforma, evitando darlo por bueno en sus costumbres y recurriendo a la desobediencia cuando sea inevitable. En cualquier caso, para Ollero, el Derecho natural constituye el elemento que anima y alienta el propio proceso de positivización.
No se pueden pasar por alto en este libro ni las referencias a la historia de las ideas ni la interpretación continua de la Constitución española, con jugosos comentarios sobre la jurisprudencia constitucional. La Constitución es, en definitiva, el puente que enlaza Derecho natural y Derecho positivo.
No es este un libro destinado solo a especialistas; más bien, cualquiera que se sienta interesado por el hombre y el derecho puede encontrar en El derecho en teoría una fundamentación seria de la realidad jurídica.