Tecnos. Madrid (1992). 190 págs. 2.000 ptas.
En 1971, ante el famoso caso de los Papeles del Pentágono, el Tribunal Supremo norteamericano optó claramente por la libertad de información: no era admisible ningún control previo al acto de informar. La influencia de esa sentencia ha sido decisiva para la expansión de la libertad de prensa en los países democráticos de Occidente.
Dentro y fuera de Estados Unidos, y con independencia de las leyes positivas, esa libertad tiende a convertirse casi en derecho absoluto, ilimitado: no se toleran restricciones ante la necesidad de una recta opinión pública -derecho del pueblo a estar informado-, y quien define lo que es de interés publico es el propio periodista, autor o trasmisor de noticias y opiniones. Lógicamente, el derecho al silencio pasa a un plano secundario, hasta ser valorado en la práctica como un límite más bien odioso del derecho general a saber. El problema se plantea cada día con más fuerza, especialmente ante los abusos denunciados en programas del tipo reality show, sobre todo, respecto de la intimidad de niños, enfermos o desvalidos.
En ese contexto se inscriben los Estudios sobre el derecho a la intimidad, que ha coordinado Luis García San Miguel, catedrático de Filosofía Jurídica y decano de la Facultad de Derecho de Alcalá de Henares. Tras el planteamiento global de ese derecho básico de la persona, a cargo del propio García San Miguel, se desarrollan diversas facetas, a cual más interesante, con una perspectiva interdisciplinar, a través de la colaboración de profesores de Derecho constitucional, internacional, civil, penal y laboral.
Como es lógico, abundan las referencias a la legislación y a la jurisprudencia españolas, pero el enfoque de conjunto resulta tan universal como las propias cuestiones analizadas. Los autores armonizan el rigor jurídico y la precisión técnica con un lenguaje accesible casi siempre a un lector no jurista.
Salvador Bernal