En Alemania, responsables de Asuntos Sociales provenientes de varios frentes políticos han expresado su deseo de equiparar legalmente las parejas homosexuales al matrimonio. Konrad Adam explica en el Frankfurter Allgemeine Zeitung (4-XI-99) por qué una ley de ese tipo carece de fundamento.
(…) Si la Ley Fundamental alemana otorga un amparo estatal especial al matrimonio y a la familia, no es porque el legislador tuviera una inclinación sentimental y quisiera hacer algo por el amor humano: más bien trató de reconocer el hecho de que ningún Estado puede salir adelante sin el reemplazo generacional, y que las mejores condiciones para el crecimiento de los niños no se dan en las guarderías, sino en la familia. Lo que se pretende proteger no es ninguna unión de tipo sentimental, sino una función que es tan elemental que los encargados de Asuntos Sociales -sean socialistas, verdes o de derechas-, por mucho que traten de perjudicarla, jamás podrán eliminarla o sustituirla. La naturaleza no deja que se le engañe tan fácilmente. (…)
La ley [de equiparación de parejas homosexuales al matrimonio] que se está gestando por ahí pretende convertir el principio de igualdad en un arma contra la Constitución, ya que esta no predica la similitud, sino (…) la protección especial del matrimonio y de la familia. Conceder algo especial a todos es lo contrario de proteger, y el que pese a ello se empeñe en afirmarlo, atenta íntegramente contra el lenguaje, la lógica y la voluntad de la Constitución.
Entonces, ¿qué se puede hacer con el menosprecio histórico del que se lamentan tan ardorosamente las parejas del mismo sexo? En verdad, vale la pena ocuparse de este tema con un poco más de profundidad para ver que de «menosprecio» queda más bien poco. Los tres estandartes que (…) se despliegan siempre -falta de derecho de información y lagunas en las leyes de arrendamiento y de herencia- carecen totalmente de fundamento. El homosexual que yace convaleciente en el hospital y que quiere asegurarse de que sólo se informe a su amigo, puede conseguirlo hoy en día exponiendo expresamente su voluntad. Algo parecido ocurre con el derecho de arrendamiento: basta tomarse en serio la libertad de contratación y redactar el convenio de tal manera que se incluya también al amigo o a la amiga.
(…) En el caso de la ley de herencia, la reivindicación de igualdad resulta algo estrafalaria, ya que el soltero, a diferencia de cualquier cónyuge o padre de familia, puede disponer libremente de su legado, aunque, claro está, los impuestos se ceben un poco más en él. Si es por esto por lo que ha de introducirse una «ley antidiscriminación», entonces el fabuloso propósito se entremezcla súbitamente con el anhelo popular de obtener cada vez mayores ventajas fiscales. Este es completamente ajeno a las preferencias sexuales, por lo que la introducción de una ley de equiparación de las parejas homosexuales al matrimonio resulta completamente superflua. (…