Heidi Crowter
Ser un bebé con síndrome de Down y estar todavía en el vientre materno puede ser muy mal asunto en el Reino Unido: la Abortion Act, de 1967, estipula que en Inglaterra, Gales y Escocia se puede ejecutar un aborto cuando “existe un riesgo sustancial de que, si el hijo nace, puede sufrir anomalías físicas o mentales que lo discapaciten gravemente” (art.1.1.d).
No pocos ven en esto un signo de discriminación: si los progenitores tienen el “derecho” de abortar a sus hijos no nacidos hasta las 24 semanas en caso de que no presenten enfermedades o malformaciones prenatales, a quienes sí vienen con alguna –que puede ser el labio leporino, el pie zambo o el mencionado síndrome– se les puede abortar a libre demanda, sin plazos.
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