El juicio sobre la Inquisición, en su contexto histórico

publicado
DURACIÓN LECTURA: 13min.

Simposio de teólogos e historiadores en el Vaticano
Roma. En el período de reflexión que Juan Pablo II ha abierto sobre «las circunstancias en las que la Iglesia, a lo largo de la historia, se ha alejado del espíritu de Cristo», le ha tocado ahora el turno a la Inquisición, que ha sido analizada en un simposio celebrado recientemente en el Vaticano. No es que la Iglesia descubra ahora el error de utilizar métodos coercitivos al servicio de la verdad, pero el Papa desea que con la «purificación de la memoria» la Iglesia se prepare para el Jubileo del 2000, año de gracia y reconciliación. Necesaria para unos, inútil según otros, valiente a juicio de tantos, la petición de perdón que el Pontífice quiere hacer exige también examinar desapasionadamente los hechos históricos.

«Reconocer los fracasos de ayer es un acto de lealtad y valentía que nos ayudará a reforzar nuestra fe, haciéndonos capaces y dispuestos para afrontar las tentaciones y las dificultades de hoy». Estas palabras que Juan Pablo II escribió en la carta apostólica Tertio millennio adveniente (n. 33) explican la razón por la que la Comisión Teológico-Histórica del Gran Jubileo del Año 2000 organizó el simposio internacional sobre la Inquisición que ha tenido lugar en el Vaticano durante los días 29 a 31 de octubre.

Respeto a la verdad

En su discurso a los participantes en el Simposio, el Papa ha dicho que el problema de la Inquisición «pertenece a una fase triste de la historia de la Iglesia sobre la cual he invitado a los cristianos a reflexionar con ánimo sincero. En la carta apostólica Tertio millennio adveniente, he escrito: ‘Otro capítulo doloroso sobre el que los hijos de la Iglesia deben volver con ánimo abierto al arrepentimiento está constituido por la aquiescencia manifestada, especialmente en algunos siglos, con métodos de intolerancia e incluso de violencia en el servicio a la verdad'».

Pero el mismo respeto a la verdad exige conocer bien los hechos históricos, asunto no fácil en un tema que desde hace siglos ha sido motivo de polémica. Por ello, el Papa señaló que la Iglesia «no puede proponerse realizar un acto de naturaleza ética, como es la petición de perdón, sin informarse antes con exactitud sobre la situación de aquel tiempo. Tampoco puede apoyarse en las imágenes del pasado que circulan en la opinión pública, ya que a menudo están sobrecargadas de una emotividad pasional que impide un diagnóstico sereno y objetivo».

Por eso, el primer paso ha consistido en pedir ayuda a los historiadores para reconstruir con la mayor precisión posible los acontecimientos, la mentalidad y el contexto histórico de los siglos en los que estuvo vigente la Inquisición.

El juicio de los historiadores

La treintena de estudiosos internacionales que se reunieron en el Vaticano, acompañados por un grupo más reducido de expertos, analizó temas como los orígenes de la Inquisición, la actividad de los tribunales en diversos países, su acción ante ciertas categorías de herejes y su actividad en sectores específicos de la vida social y cultural, como la censura o la lucha contra la magia y la brujería.

El Simposio se celebró a puerta cerrada. El cardenal Roger Etchegaray, presidente del Comité para el Gran Jubileo, justificó esta decisión señalando que «la comprensible curiosidad que despierta el tema de la Inquisición entre los no especialistas hubiera podido desviar las discusiones fuera del ámbito científico».

Las conclusiones del Simposio, que no han sido dadas a conocer, serán entregadas al Papa para que pueda juzgar cuáles son las responsabilidades de los cristianos en el fenómeno de la Inquisición, con la mirada puesta en la petición de perdón que tendrá lugar el Miércoles de Ceniza del año 2000.

Esta ha sido la primera vez que los estudiosos de la Inquisición romana han presentado los resultados de sus investigaciones tras la apertura oficial de los archivos de la Congregación del Santo Oficio y de la Congregación del Índice el pasado mes de enero.

Según el cardenal Etchegaray, la apertura de estos dos archivos «prueba que la Iglesia no teme someter su propio pasado al juicio de los historiadores». De hecho, frente al intento de diluir la responsabilidad de la Iglesia haciendo partícipe al poder civil en los abusos de la Inquisición, el cardenal afirmó: «La circunstancia de que en la Edad Moderna la corona española y la portuguesa ejercieran poderes particulares de intervención y control no cambia el carácter eclesiástico de la institución, porque tales poderes fueron reconocidos a los soberanos, de forma expresa o tácita, por el propio papado, y porque eclesiástica fue la jurisdicción ejercida por los inquisidores en los procesos en materia de fe». Más aún, «la existencia de tribunales exclusivamente competentes para juzgar delitos en materia de fe es una característica peculiar de la Iglesia católica».

El lento aprendizaje de la tolerancia

El cardenal Etchegaray precisó que la Inquisición fue «una institución de la Iglesia nacida en una época en que la unidad de la fe constituía el elemento integrador de la sociedad civil. En el curso de los siglos, la tolerancia religiosa ha supuesto un largo, sinuoso y doloroso aprendizaje no sólo para los cristianos, sino para todos los hombres».

En este sentido, el P. Georges Cottier, O.P., teólogo de la Casa Pontificia y presidente de la Comisión Teológico-Histórica, explicó que «la Inquisición combatió un mal real, la herejía, que amenazaba la fe y destruía la unidad de la Iglesia. Luchar contra las ideas peligrosas sigue siendo una necesidad en nuestra época». El problema fue el recurso a métodos violentos para combatir un mal. «Con el tiempo, los cristianos han afinado y profundizado su conciencia moral. Hoy se han dado cuenta de que el recurso a tales métodos no es compatible con el Evangelio. Pero esta toma de conciencia se ha desarrollado muy lentamente».

De la misma opinión fue el obispo Rino Fisichella, auxiliar de Roma y vicepresidente de la Comisión Teológico-Histórica: «La Inquisición eclesiástica nació para defender la verdad. Se puede discutir sobre los medios que empleó, pero el objetivo sigue siendo válido. Los instrumentos utilizados en la época eran los comunes, los que la sociedad empleaba».

La historia tiene sus tiempos

El obispo Fisichella puntualiza que, «en su componente espiritual, la Iglesia es el Cuerpo Místico de Cristo; pero también vive en la historia y está compuesta por hombres de su tiempo. En el Medievo, nadie podía pensar con la conciencia que tenemos actualmente. La historia está hecha así, tiene sus tiempos. Y hay que tener en cuenta las realidades históricas en las que se vive. Hoy nadie podría pensar que la defensa de la verdad pueda realizarse con instrumentos coercitivos. Pero esto podemos decirlo ahora, con una conciencia nueva, modificada en el tiempo».

A este respecto, el historiador José Ignacio Tellechea Idígoras, de la Universidad Pontificia de Salamanca, advierte: «Podemos juzgar el pasado, pero no debemos olvidar tener en cuenta el contexto histórico del tiempo. Por ejemplo, en el campo del derecho penal, algunas legislaciones medievales preveían que se cortase la mano al ladrón o la lengua al blasfemo. La tortura era considerada un medio legal, normal, y fue admitida hasta el siglo XIX. Nuestra sensibilidad no tiene nada que ver con el modo de pensar y de actuar del pasado. Por tanto, no podemos juzgarlo con base en nuestros criterios actuales».

Lección para el futuro

Sin embargo, se sabe que hubo desacuerdo en torno a la Inquisición en el interior de la propia Iglesia. El historiador Adriano Prosperi, de la Universidad de Pisa, asegura que «en el territorio en el que dominó la Inquisición española, varios obispos realizaron una propuesta alternativa. Se sostuvo que era preciso seguir la regla de la corrección fraterna, como dice el Evangelio: si tu hermano ha pecado contra ti, debes perdonarlo; lo puedes llamar y corregir fraternamente, pero no debes usar la fuerza».

El Papa reúne estos puntos de vista en un fragmento de la Tertio millennio adveniente que fue citado por el P. Cottier en la conferencia inaugural del simposio: «Es cierto que un correcto juicio histórico no puede prescindir de un atento estudio de los condicionamientos culturales del momento, bajo cuyo influjo muchos pudieron creer de buena fe que un auténtico testimonio de la verdad comportaba la extinción de otras opiniones. Muchos motivos convergen con frecuencia en la creación de premisas de intolerancia, alimentando una atmósfera pasional a la que sólo los grandes espíritus verdaderamente libres y llenos de Dios lograban de algún modo sustraerse. Pero la consideración de circunstancias atenuantes no dispensa a la Iglesia del deber de lamentar profundamente las debilidades de tantos hijos suyos que han desfigurado su rostro».

A la espera de la publicación de los datos que los investigadores han aportado al simposio, quizá la primera conclusión se encuentra ya en el texto de Juan Pablo II citado por el P. Cottier: «De estos trazos dolorosos del pasado emerge una lección para el futuro, que debe llevar a todo cristiano a tener en cuenta el principio de oro dictado por el Concilio Vaticano II: ‘La verdad no se impone sino por la fuerza de la misma verdad, que penetra con suavidad y firmeza en las almas'».

Seis siglos de historia

Agostino Borromeo, presidente del Instituto Italiano de Estudios Ibéricos y miembro del comité científico del Simposio, explicó en su intervención que la Inquisición fue una institución eclesiástica formada, en la primera mitad del siglo XII, por una red de tribunales cuyos jueces tenían jurisdicción, a través de una especial autorización papal, en materia de delitos contra la fe. Su nombre deriva de la palabra latina inquisitio, es decir, investigación.

Al comienzo, el derecho canónico contemplaba un solo procedimiento para los procesos, el acusatorio: el juez iniciaba la acción judiciaria solamente ante una acusación. El peso de la prueba recaía sobre el acusador; si no conseguía probar los hechos, se hacía merecedor de la misma pena que hubiera sido impuesta al acusado si hubiera sido encontrado culpable.

En la Alta Edad Media, el hereje era castigado con sanciones que variaban desde las simples penas espirituales -en los casos de menor relieve- a la exclusión de la comunidad de los fieles (la excomunión), el exilio y la confiscación de los bienes, en los casos más graves.

El surgimiento en el siglo XII de amplios movimientos heréticos colectivos, como los cátaros o los valdenses, puso a la Iglesia frente a la necesidad de recurrir a instrumentos de lucha más eficaces contra toda forma de heterodoxia. Así, a partir de ese siglo, se introdujo en las legislaciones civil y eclesiástica una nueva forma de proceso, por el que el juez podía proceder de oficio ante los delitos más graves apenas le llegase de cualquier modo noticia del hecho. La principal novedad fue que correspondía ahora al juez recoger las pruebas.

El procedimiento inquisitorio

«Al vincular a los inquisidores a la aplicación del procedimiento inquisitorio -señala el profesor Borromeo-, el papado acabó adoptando también la correspondiente normativa secular. En particular, adoptó la que establecía la equiparación de la herejía con el delito de lesa majestad, el más grave previsto por la legislación civil, y que establecía la pena de muerte en la hoguera para los herejes».

En 1252, Inocencio IV autorizó el uso de la tortura -procedimiento que ya empleaban los tribunales civiles- con algunas restricciones: no podía llegar al extremo de la mutilación ni poner en peligro la vida del imputado. «En el derecho inquisitorial, la tortura no era un procedimiento para arrancar una confesión, sino -según la mentalidad de la época- un medio de prueba: quien, bajo los tormentos, se afirmaba en sus declaraciones precedentes y continuaba proclamando su inocencia, no podía ser condenado», asegura el profesor Borromeo.

En el siglo XIV, este proceso inquisitorio se había establecido en todos los países europeos excepto en Inglaterra, donde sobrevivió el proceso acusatorio. «Es indudable que inicialmente los procedimientos previstos fueron aplicados con un rigor algunas veces excesivo, que en algún caso degeneró en verdaderos y propios abusos», afirma el presidente del Instituto Italiano de Estudios Ibéricos. Por ello, el Concilio de Vienne (1311-1312) atemperó la normativa con una serie de correctivos que supusieron la introducción, en las fases más delicadas del proceso, de «una especie de colegio judicial inexistente en la justicia civil». Asimismo, el recurso a la pena capital disminuyó con el tiempo.

La progresiva desaparición de los grandes movimientos heréticos señaló el declive de la institución. En la primera mitad del siglo XV, desaparecieron muchos tribunales.

La Inquisición en España

Sin embargo, una segunda fase de la historia de la Inquisición se abrió en 1478, cuando los Reyes Católicos obtuvieron del Papa Sixto IV la autorización para designar inquisidores que reprimieran el criptojudaísmo, herejía cometida por los judíos conversos que volvían a practicar a escondidas su antigua religión. «La violenta represión indujo al Papa a modificar la concesión», señala Agostino Borromeo.

En España, entre la segunda mitad del siglo XVI y la primera del XVII, el porcentaje de imputados que fueron sometidos a tortura por la Inquisición oscila, dependiendo de los tribunales, del 7 al 11% del total de los procesados. Del mismo modo, entre 1540 y 1700, de 44.674 casos, el número de acusados enviados a la hoguera corresponde al 1,8%, a los que hay que sumar un 1,7% de condenados a muerte por contumacia; en total, más de 1.500 personas. El porcentaje de condenados a muerte por la Inquisición portuguesa fue mayor, un 5,7% de los procesados -más de 750 personas de 1540 a 1629-. El profesor Agostino Borromeo aportó estos datos en el congreso y aseguró que «las investigaciones más recientes indican que la tortura y la pena capital no fueron aplicadas con el despiadado rigor que, a juicio de algunos, caracterizó la actividad de los tribunales hasta su desaparición».

La Edad Moderna significó también una nueva reducción del rigor de los tribunales; por ejemplo, se reconoció al acusado el derecho de recurrir a un abogado defensor -se asignaba uno de oficio a quien no podía pagarlo- y de apelar la sentencia.

Según el profesor Borromeo, «aunque los procedimientos inquisitoriales repugnen a nuestra sensibilidad moderna, y aunque pueda parecer paradójico, los estudiosos parecen concordar hoy sobre el hecho de que en los procesos desarrollados en los tribunales inquisitoriales, la posición del imputado estaba mejor garantizada que en el sistema judicial secular».

A pesar de algunas causas célebres, como la de Galileo, en el siglo XVII la institución entró en una fase de declive que condujo a su progresiva desaparición en el XVIII. En España fue abolida en 1834.

María Luisa Faus

Contenido exclusivo para suscriptores de Aceprensa

Estás intentando acceder a una funcionalidad premium.

Si ya eres suscriptor conéctate a tu cuenta. Si aún no lo eres, disfruta de esta y otras ventajas suscribiéndote a Aceprensa.

Funcionalidad exclusiva para suscriptores de Aceprensa

Estás intentando acceder a una funcionalidad premium.

Si ya eres suscriptor conéctate a tu cuenta para poder comentar. Si aún no lo eres, disfruta de esta y otras ventajas suscribiéndote a Aceprensa.