La discriminación positiva es constitucional

publicado
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Sentencia del Tribunal Supremo de EE.UU.
La diversidad racial en las instituciones es un «incuestionable interés público», dicen los jueces

En la decisión más esperada del recién terminado año judicial, el Tribunal Supremo de Estados Unidos ha dado el visto bueno a la discriminación positiva. La diversidad racial en las instituciones, dice, es un «incuestionable interés público», por lo que está justificado dar trato de favor a los miembros de minorías subrepresentadas. Las condiciones impuestas por los magistrados matizan la aplicación de ese principio, pero son irrelevantes en la práctica, según algunos comentaristas: lo único importante es que el Supremo consagra el uso de preferencias raciales.

La decisión dirime dos demandas de sendas estudiantes de raza blanca a las que se denegó el ingreso en la Universidad de Michigan, estatal. Alegaban que fueron injustamente excluidas por su raza, para favorecer a candidatos de minorías que tenían peores expedientes. El Supremo ha dado la razón a una demanda y ha fallado en contra de la otra.

Por 6 votos contra 3, los magistrados han anulado el sistema de admisión en el college de Literatura, Ciencia y Artes porque hacía de la raza un factor «decisivo», en vez de solo uno más entre otros. En efecto, pertenecer a una minoría daba automáticamente 20 de los 100 puntos necesarios para entrar en el college.

En cambio, por 5 votos contra 4, el Supremo ha declarado conforme a la Constitución la discriminación positiva tal como se practica en la Facultad de Derecho de la misma universidad. La razón es que la Facultad solo pretende alcanzar una «masa crítica» de estudiantes pertenecientes a minorías, y para ello tiene en cuenta el origen étnico como uno de los datos favorables al estudiar las solicitudes.

Lo más significativo está en los argumentos. El segundo fallo, redactado por la magistrada Sandra Day O’Connor, afirma: «La efectiva participación de miembros de todos los grupos raciales y étnicos en la vida pública de nuestra nación es esencial para que sea realidad el sueño de tener una nación unida e indivisible». El acceso de las minorías desaventajadas a la educación, las empresas y las fuerzas armadas, añade, es necesario para que el país tenga «dirigentes dotados de legitimidad a los ojos de la sociedad». Al mismo tiempo, la discriminación positiva por razón de la raza es «potencialmente muy peligrosa», por lo que su aplicación debe ser temporal -debería durar no más de otros 25 años, dice la sentencia- y sometida a revisiones periódicas.

La principal voz discordante es la de Clarence Thomas, el primer y hasta ahora único negro nombrado juez del Supremo. Lo más notable es que Thomas, como recuerda él mismo en su voto particular, es un beneficiario de la discriminación positiva: gracias a ella entró en Yale. Su experiencia posterior, añade, es la de ser objeto de sospecha precisamente por eso. «Hoy, cuando los negros alcanzan puestos en los lugares más altos del gobierno, la industria o la universidad, es una cuestión abierta si el color de su piel tuvo que ver en su ascenso».

Thomas sugiere también una razón por la que las universidades practican la discriminación positiva. Si se suprimieran las preferencias raciales, las universidades de elite tendrían también que dejar de favorecer en los procesos de admisión a los hijos de antiguos alumnos. Los graduados que llegan lejos en la profesión constituyen una importante fuente de financiación para las universidades y son en su mayoría blancos.

El problema viene de más abajo

¿Qué cambio suponen las dos sentencias? Por una parte, el Supremo deja en vigor el fallo de 1978 que prohibió las cuotas raciales en los procesos de selección y revoca las sentencias de tribunales inferiores que anularon la discriminación positiva en las universidades de Texas y Georgia. Las nuevas decisiones insisten en que los sistemas de preferencias han de estar «estrictamente definidos» para servir solo al interés público de fomentar la diversidad racial en las instituciones: no se admiten interpretaciones expansivas. Además, las preferencias que se establezcan no deben ser solo raciales: hay que tener en cuenta otros factores relevantes para la igualdad de oportunidades, como particulares talentos de los candidatos o el nivel familiar de ingresos y de educación.

Pero, según creen algunos, todo eso no cambia nada fundamental. La diferencia entre las normas de admisión convalidadas y las anuladas es sutil y más bien cosmética, dicen varios profesores de Derecho consultados por el New York Times (24-VI-2003). El caso es que se permite favorecer a las minorías, y el método es lo de menos, señala Laurence Tribe, de Harvard: el sistema de puntos es «probablemente la manera menos política de plantear un programa, pero en el fondo no me parece más que un problema estético». En cambio, Douglas Laycock (Universidad de Texas) considera que hay «una diferencia de principio entre examinar las solicitudes caso por caso y conceder puntos por la raza». Pero de cualquier modo, replican otros, la raza es un criterio, y si eso se admite, «una ventaja del sistema de puntos es que pones las cartas sobre la mesa», dice Albert Greene (Fordham University). En fin, resume John McGinnis (Northwestern University), «se permiten las preferencias étnicas, pero solo si se aplican de modo no transparente».

Según otra interpretación, esta salida de validar por principio las preferencias raciales, pero sin practicar un favoritismo abierto y declarado, evita tener mala conciencia ante una desigualdad con raíces más profundas. Dice Peter Schuck, profesor de Yale, que «el público y especialmente las elites esperaban ese visto bueno» del Supremo, porque así «no tenemos que enfrentarnos a la terrible contradicción entre el deseo de representación en nuestras instituciones de elite, por una parte, y la gran desigualdad de preparación y méritos entre los distintos grupos raciales». Por eso, como se ha dicho otras veces, el problema viene de más abajo, y la solución no es tanto abrir a las minorías las puertas de las mejores universidades como darles una buena educación elemental y media, de la que están desproporcionadamente privadas.

Ver también servicio 56/01: Alberto Fijo, Selección de alumnos en la Universidad de Estados Unidos.

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