En Francia las advertencias personalizadas a los autores de descargas ilegales han sido disuasorias, y ha crecido la venta legal de música
Tras la operación del FBI contra Megaupload, en diversos países se han emprendido acciones más decididas contra las webs que piratean los derechos de autor de productos culturales.
En Inglaterra, el sitio de música RnBXclusive.com ha sido clausurado por la agencia contra el crimen organizado (SOCA). Los internautas se encuentran con un aviso en el que las autoridades advierten que los que realizan descargas ilegales se enfrentan a penas de hasta 10 años de cárcel y una multa. El aviso muestra la dirección IP del internauta, el navegador empleado y el sistema operativo y la hora de la conexión, para que quede claro que deja huella. Según el comunicado, la página ha sido cerrada porque la música estaba sometida a copyright y «las descargas ilegales han podido dañar las carreras de artistas jóvenes emergentes».
El cierre de RnBXclusive.com viene a sumarse a las ya clausuradas Megaupload (con todas sus filiales) y Pirate Bay, de origen sueco. La Corte Suprema del Reino Unido ha dictaminado que Pirate Bay es de una página web de descarga ilegal de música que infringe las leyes de propiedad intelectual. La decisión judicial no supone el cierre inmediato del portal, aunque permite a los operadores que corten el acceso al portal desde sus servicios.
La Comisión Europea ha pedido que el Tribunal de Justicia de la UE se pronuncie sobre la legalidad del tratado ACTA contra la piratería
Levantando el ACTA
Mientras tanto siguen los debates sobre el tratado comercial ACTA (Anti-Counterfeiting Trade Agreement, o Acuerdo comercial anti-falsificación), para combatir las falsificaciones y la distribución sin licencia de material bajo copyright, ya se trate de música, películas, artículos de moda, fármacos u otros productos protegidos.
El texto fue suscrito a finales de enero por 22 países de la UE, entre ellos España, junto con EE.UU., su principal impulsor, Canadá, Australia, Japón y Corea del Sur, entre otros.
El tratado prevé indemnizaciones por daños y perjuicios a los titulares de derechos, obliga a los proveedores de Internet a vigilar que no se utilicen sus servicios para actividades ilegales y autoriza a los titulares del copyright a obtener información sobre los infractores en la Red.
Las negociaciones para aprobar el ACTA comenzaron en secreto en 2007. Debido a las filtraciones hubo que publicar los primeros borradores, que desataron las críticas. La respuesta social no se ha hecho esperar y ya son decenas de miles de personas las que se han manifestado en las distintas ciudades europeas pidiendo su anulación. Los detractores confían en detener la ley, igual que ocurrió con la PIPA y la SOPA, leyes contra la piratería en trámite parlamentario en Estados Unidos. La propia Wikipedia se desactivó a sí misma el 18 de enero para protestar.
A favor y en contra
El tratado ACTA contaba con la aprobación de la Comisión Europea. Pero ante las protestas, el comisario Karel de Gutch ha anunciado que la CE remitirá el tratado al Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) para que dictamine sobre la legalidad de ACTA. La decisión viene motivada por las crecientes protestas en las principales capitales europeas, en Internet y ante los parlamentos, de quienes temen que ACTA recorte la libertad de expresión e información.
Si el TJUE falla a favor de su legalidad, habrá que esperar al visto bueno de la Eurocámara, decisión que deberá tomar en verano. La CE insiste en que no se “vigilará Internet”, sino que se trata de “armonizar” las normas. Los portavoces dicen que lo que era legal antes del tratado lo seguirá siendo y lo que era ilegal seguirá siendo ilegal pero será más fácil perseguirlo. Por su parte, los socialistas europeos han pedido el voto en contra.
En un tema conexo, el TJUE acaba de dictaminar que no se puede obligar a las redes sociales a filtrar contenidos. El fallo sirvió para dar respuesta a una cuestión que planteó el tribunal de primera instancia de Bruselas por la polémica que enfrenta a la red social Netlog y el autor belga Sabam. La gestora de los derechos de autor del artista denunció que la red social permitía a sus abonados usar a través de su perfil obras musicales y audiovisuales de su repertorio. Sabam exigió en 2009 el cese de toda esa actividad. A su vez los responsables de Netlog argumentaron que un sistema de filtración está prohibido por la directiva sobre comercio electrónico.
El tribunal de Bruselas decidió entonces plantear este problema al TJUE. Este alto tribunal ha rechazado el filtrado porque vulneraría derechos fundamentales, como la protección de datos de carácter personal y la libertad de recibir o comunicar informaciones.
En Francia está funcionando
En los países que han adoptado leyes antipiratería en Internet se han notado cambios en el comportamiento de los adictos a las descargas ilegales. Francia cuenta desde septiembre de 2009 con la conocida como ley Hadopi (por el organismo que protege la propiedad intelectual en Internet), que prevé una “respuesta graduada” en tres tiempos frente a las infracciones (cfr. Aceprensa, 17-07-2009 y 22-07-2011).
Detectada una descarga ilegal, primero se envía un e-mail de advertencia al internauta; 822.000 se habían enviado hasta final del año pasado. Si insiste, se le envía un segundo aviso (68.000 se habían mandado); y a la tercera, su caso es remitido a la autoridad judicial, que puede imponer una multa de 1.500 € y suspender la conexión a Internet durante un mes. 165 casos han llegado al tercer estadio, aunque el número de los que se han remitido al juez –dato que no se ha comunicado– puede ser mucho menor.
Éric Walter, secretario general de Hadopi, cree que el escaso número de infracciones que llegan al tercer estadio es señal de que la ley está cumpliendo una función educativa y disuasoria. Desde que la ley se puso en marcha, según un informe de Hadopi, el intercambio de archivos ilegales ha bajado mucho.
¿Se ha notado su efectividad en la mayor venta de contenidos legales? Desde 2009 hasta mediados de 2011, las ventas de música de iTunes han crecido en Francia bastante más que en otros países europeos. Un estudio del Wellesley College de Massachusetts, citado por el New York Times, estima que el efecto de la ley Hadopi ha supuesto un aumento de 13,8 millones de euros solo para iTunes.
En otros países que han adoptado leyes similares a la francesa también se ha notado un aumento de las ventas legales de música. En Corea del Sur, que aprobó una ley en 2009, las ventas de música crecieron un 12% en 2010 y un 6% en 2011. En Suecia la subida fue del 10% en 2009.
España comenzará a cerrar páginas el 1 de marzo
En el caso de España ya hay fecha para que entre en vigor la polémica Ley Sinde-Wert. El actual ministro de Cultura, José Ignacio Wert, anunció que será el próximo 1 de marzo. Desde ese día se empezará a poner en práctica el proceso que permitirá el cierre de webs cuyos contenidos vulneren los derechos de autor. En respuesta, la Asociación de Internautas interpuso un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo para que declare ilegal la medida. Pero el proceso sigue su curso, ya que, como afirmó el propio Wert, “la admisión a trámite [del recurso] no tiene ningún efecto suspensivo”.
El decreto aprobado por el gobierno de Rajoy, que hace efectiva la Ley Sinde del anterior gobierno socialista, es una norma que actúa contra los que alojan y distribuyen en Internet contenido pirateado (proveedores, gestores de páginas web privadas o comerciales). Los particulares no serán responsables por la descarga de material y tampoco por “subir” contenidos a la red.
El organismo competente para recibir demandas relacionadas con la propiedad intelectual e iniciar el procedimiento será la segunda sección de la Comisión de Propiedad Intelectual, formada por altos funcionarios de los ministerios de Industria, Educación y Economía, y presidida por el secretario de Estado para la Cultura.
La demanda puede ser planteada por cualquier titular de derechos de autor o sus representantes. La Sección se pone en contacto con el proveedor afectado para que retire voluntariamente los contenidos ilegales en el plazo de 48 horas. En el caso de que el proveedor del servicio no se encuentre suficientemente identificado, la Sección se dirige al Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo, solicitando autorización judicial para requerir los datos que permitan identificar al responsable. Una vez autorizada por el Juzgado, el servicio tiene 48 horas para aportar los datos pertinentes.
Para iniciar el procedimiento, la Sección debe probar “que dicho responsable, directa o indirectamente, actúe con ánimo de lucro o haya causado o sea susceptible de causar un daño patrimonial al titular de tales derechos”.