Disputas por el dinero y por los hijos
Varios gobiernos europeos se disponen a facilitar el divorcio, con la idea de hacerlo menos contencioso o traumático. Pero aun si el divorcio arregla algún problema, es también el comienzo de otros nuevos, que pueden multiplicarse en la medida en que la vía rápida aumenta el número de rupturas.
Según anunció el ministro de Justicia a finales de mayo, el gobierno español pretende que las parejas puedan divorciarse sin necesidad de un año de separación previa, como hasta ahora (cfr. servicio 76/04). De momento no es más que una idea sin concretar. Los últimos datos definitivos muestran que en España hubo 41.600 divorcios en 2002 (1 por mil habitantes), un 11% más que el año anterior. Como las separaciones fueron en el mismo año unas 73.500, el cambio anunciado provocaría un fuerte incremento de divorcios.
Menos tiempo para reflexionar
También el gobierno escocés tiene en cartera una reforma del divorcio que abreviará los plazos. Bastará cumplir un año de separación en vez de dos si hay mutuo acuerdo, y dos años en vez de cinco si no lo hay. Precisamente estos dos casos son los que se han hecho más comunes: han pasado del 40% en 1981 al 80% en 2002. Los otros motivos de divorcio (adulterio, abandono de la familia y mala conducta) son cada vez menos frecuentes. En Escocia se produjeron en 2002 casi 11.000 divorcios (2,1 por mil habitantes). El número viene bajando desde 1994, pero no porque haya mayor estabilidad matrimonial, sino porque se extienden las uniones de hecho y la población disminuye y envejece. El plan para acelerar el divorcio no va acompañado de ninguna medida para reforzar el asesoramiento y la mediación para las parejas en crisis.
Un cambio similar, aunque menos drástico, ha aprobado en mayo pasado el parlamento francés. A partir de 2005, se podrá solicitar el divorcio por cese de convivencia (en esta modalidad basta la iniciativa de un cónyuge) tras dos años de matrimonio, en vez de seis. En caso de mutuo acuerdo, no habrá que comparecer dos veces ante el juez, sino solo una, tras un periodo de reflexión de tres meses. Otra idea que se propuso, pero finalmente se ha descartado, era suprimir el divorcio por falta. Toda la reforma está pensada para simplificar los trámites, a fin de evitar en lo posible que las disputas se alarguen y se agrien. Esto debería aliviar la carga de los tribunales franceses, que vienen declarando unos 120.000 divorcios anuales (2 por mil habitantes en 2002). Pero otros aspectos de la nueva ley, los más polémicos, muestran que los conflictos no se acaban con la ruptura.
En Francia, el punto más doloroso es la «prestación compensatoria», que se adjudica a la parte económicamente más débil (la mujer, casi siempre) por el descenso de renta que suele causar el divorcio. Según la ley de 1975, era un capital con el que el otro cónyuge saldaba sus obligaciones de una vez por todas. Pero la jurisprudencia convirtió la prestación compensatoria en una pensión mensual y vitalicia: vitalicia para la mujer, pues si el ex marido muere antes, la carga pasa a sus herederos. Esto ha dado lugar a situaciones insostenibles para muchos de los 400.000 divorciados que hoy han de afrontar la prestación, sobre todo si han sufrido reveses de fortuna o han vuelto a casarse.
Una ley de 2000 restauró el principio de la compensación mediante un capital, permitiendo escalonar el pago a lo largo de ocho años, y reservó la pensión mensual para casos excepcionales; también limita la responsabilidad de los herederos al valor de la herencia (ver servicio 31/00).
Pensiones muy gravosas
Pero las asociaciones de divorciados siguieron pidiendo que se tuviera más en cuenta la situación económica del que ha de pagar y también de la mujer. Han conseguido que el parlamento acepte algunas de sus demandas: la última reforma suaviza las condiciones para que el juez revise la prestación (para rebajarla o aun suprimirla), y permite que también la parte beneficiaria pueda solicitar la revisión. Otra reivindicación concedida es que, si la ex esposa recibe parte de la pensión del ex marido jubilado, esta suma se descuente de la prestación compensatoria. Lo que no ha admitido el parlamento es que se suprima la prestación cuando la «ex» adquiere nueva pareja por matrimonio, pacto civil de solidaridad (PACS) o simple cohabitación, cosa que a los divorciados les parece de elemental justicia.
Otra novedad es que la prestación se podrá conceder en todas las modalidades de ruptura, mientras que ahora está excluida cuando es por cese de convivencia. Y en caso de divorcio por falta, que es el más común en Francia (45% de los casos), las obligaciones económicas hacia la otra parte se desvinculan de la culpa. En cuatro de cada cinco divorcios de esta clase, la falta es atribuida al marido. Desde el año próximo, aun si la mujer es la declarada culpable, no por eso perderá el derecho a la prestación compensatoria. La asociación Divorcés de France (todos hombres) no está de acuerdo. Como su presidente, Michel Milan, ha dicho irónicamente: «La mejor manera de pacificar el divorcio es condenar a compensaciones económicas al cónyuge con la situación más desahogada, en vez de aquel que ha cometido la falta» (Le Monde, 13-IV-2004).
Las divorciadas, por su parte, están preocupadas por otro cambio: se suprime la obligación de auxilio en caso de divorcio sin acuerdo. La prestación compensatoria, dicen, no saca de apuros a muchas mujeres en la cincuentena que nunca han tenido un salario. Esta es la queja de la asociación Mariage-Réforme du Divorce, que representa a las perjudicadas por divorcios declarados sin la conformidad de ellas.
Divorciados que pierden a sus hijos
Inglaterra y Gales es una de las jurisdicciones donde el divorcio resulta más oneroso para los hombres acomodados. Los jueces tienen amplia discrecionalidad para determinar el reparto de bienes (incluidos los anteriores al matrimonio), y la pensión vitalicia para la mujer es la regla general. Además, es posible que se le dé derecho a participar de las ganancias futuras del ex marido, cosa que la High Court tiene que decidir a propósito de dos demandas actualmente en trámite.
El otro reparto conflictivo es el de los hijos. Cada año, los divorcios que se declaran en Inglaterra y Gales (unos 140.000, 2,6 por mil habitantes) afectan a unos 160.000 niños. Como en otros países, los tribunales conceden la custodia, de modo casi sistemático, a la madre. Aquí el problema es que no se respeta el derecho de visita. Dos de cada cinco padres divorciados pierden el contacto con sus hijos al cabo de dos años. Naturalmente, cuando ella impide que él vea a los niños, él puede recurrir a los tribunales, que en 2002 dictaron 61.000 órdenes contra madres recalcitrantes. Pero la mitad fueron desobedecidas. Cuando así ocurre, los jueces no suelen hacer más, porque las únicas medidas adicionales previstas en la ley son penas de multa o arresto contra la madre. Se resisten a tomarlas, por temor a que perjudiquen a los hijos.
A principios de abril, el asunto se convirtió en motivo de debate público a raíz de un caso clamoroso. Un padre que llevaba dos años sin ver a sus hijos acudió a la justicia. Tras cinco años de litigios infructuosos, con 43 vistas ante 16 jueces distintos, numerosas órdenes incumplidas y un arresto de 14 días para la ex esposa, el hombre arrojó la toalla. Entonces James Munby, magistrado de la High Court, dio el insólito paso de decir en voz alta lo que muchos de sus colegas piensan. Dijo que la situación es escandalosa, que el sistema está muy escorado a favor de la madre y que no hay recursos legales para hacer respetar el derecho de visita.
El gobierno reconoce lo mismo. En marzo presentó un plan piloto para dirimir las disputas sobre custodia de los hijos y derecho de visita. Consiste en ofrecer a los padres un sistema voluntario de mediación para resolver sus diferencias de común acuerdo y fuera de los tribunales. El juez podrá luego ratificar el convenio, pero el plan no prevé qué hacer en caso de incumplimiento. Por eso, presionado por el reciente escándalo, el gobierno ha prometido para este verano un estudio con nuevas propuestas. Las asociaciones de divorciados sostienen que no se logrará nada si la mediación no se hace obligatoria.
Divorcio sin fronteras
No siempre estos problemas son nacionales. En el mundo de hoy, con frecuentes cruces de fronteras, el divorcio se «globaliza». Cuando los cónyuges tienen distintos orígenes, el divorcio puede dar lugar a conflictos entre los derechos reconocidos por cada país a su nacional. Y ante la diversidad de legislaciones, hay quienes buscan hábilmente divorciarse en la jurisdicción más favorable. Para contener este «supermercado internacional del divorcio», en 2001 los entonces quince miembros de la Unión Europea, menos Dinamarca, se adhirieron al reglamento conocido como «Bruselas II». Según esta norma, para iniciar el trámite de divorcio en un país signatario, bastan seis meses de residencia; pero una vez incoado el proceso, no se puede plantear en otra jurisdicción.
El resultado es ambivalente. Por una parte, «Bruselas II» aporta claridad y evita complicados pleitos por cuestiones de jurisdicción. Ahora bien, el país en que se puede incoar la demanda no es necesariamente el de residencia actual de la pareja, entre otras razones porque los dos pueden estar separados. Cabe también que sea el de la nacionalidad de uno de los cónyuges, el del último domicilio común, el de residencia habitual de uno de ellos… De modo que el reglamento estimula a cada cónyuge a ser el primero en acudir a los tribunales, no sea que el otro se le adelante yendo a un país que le convenga más. Por tanto, desalienta la paciencia, que es imprescindible para dar ocasión a que se enfríen los conflictos conyugales y se salve el matrimonio. En palabras de Kerstin Beyer, abogada matrimonialista alemana que trabaja en un despacho de Londres, «Bruselas II» «es terrible, porque las partes rompen antes de lo que quisieran» (The Economist, 29-V-2004). Y, seguramente, antes de lo que quisieran sus hijos.
Factores de riesgo de divorcio
Estados Unidos pasa por ser la meca del divorcio: allí, se dice, se rompe uno de cada dos matrimonios. Sin embargo, la tan citada proporción del 50% no es más que una extrapolación incierta. Aunque desde 1980 el país registra alrededor de 1,2 millones de divorcios y 2,4 millones de bodas al año, eso no significa que la mitad de las parejas acaben divorciándose. Así, en 1996 no lo habían hecho nunca el 71% de los norteamericanos que se habían casado alguna vez.
De todas formas, la tasa anual de divorcios es alta: en torno a 4 por mil habitantes (2001). Pero viene bajando desde el máximo de 1979-82, cuando estaba un par de décimas por encima del 5 por mil (la nupcialidad ha seguido un descenso paralelo). Con otra forma de medir, resulta que en un año se divorcian 2 de cada 100 matrimonios existentes (datos de 1995, los últimos disponibles).
También es cierto que la duración media de los matrimonios ha ido bajando. En 1996, los hombres que habían celebrado el 20 aniversario de su primer matrimonio eran el 73,6% de los casados en 1955-59, frente al 57,7% de los casados en 1970-74. Para las mujeres, las tasas son 71,7% y 55,9%, respectivamente (viudos y viudas excluidos).
En todo caso, no se sabe la probabilidad actual de que se divorcie una pareja norteamericana. Sin embargo, el análisis de las que lo han hecho arroja conclusiones significativas sobre los factores de riesgo. Así se ve en la tabla adjunta, que resume los datos de un estudio realizado por el National Center for Health Statistics. En cada caso se muestra cuántos puntos porcentuales más de riesgo de divorcio tienen los matrimonios con una determinada característica, en comparación con los que están en otro caso. Por ejemplo, para los que ganan menos de 25.000 dólares anuales, la frecuencia de divorcio es 30 puntos más alta que para las que ganan más de 50.000 dólares. Los números se refieren al primer decenio siguiente a la boda, que es el periodo más «peligroso». En efecto, la mitad de los divorcios de primeros matrimonios son de parejas que llevaban casadas menos de ocho años.
Además de algunas condiciones sociales (renta, nivel de estudios, lugar de residencia), se aprecia que influyen otras. Los matrimonios muy tempranos son claramente más inestables. Convivir antes de la boda no asegura la unión, sino más bien al contrario. También favorece la ruptura ser hijo de divorciados o no tener credo religioso.
Rafael Serrano