Epistemología de la interinidad

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interinidad

Después de que la Comisión Europea apercibiera a España de la necesidad de reducir el número de empleados que ocupan temporalmente plazas fijas en el sector público, se acaba de llegar a un acuerdo entre Gobierno y sindicatos para poner freno a la tradicional interinidad en la contratación del personal de las administraciones públicas, especialmente en las áreas sanitaria y educativa. El problema se ha estado generando durante varias décadas de malas prácticas en la contratación de empleados públicos para que ocupasen plazas de carácter estructural con personal interino.

El acuerdo al que se ha llegado con los sindicatos daría un plazo de tres años para reducir la interinidad actual del 28% al 8%, estableciéndose facilidades para pasar el concurso-oposición (40% de la nota dependerá de la experiencia del personal en su trabajo, y la mitad de dicho 40% como mínimo será por acreditación de méritos). Aun así, la prueba teórica (60%) sería eliminatoria, y se establecerán indemnizaciones de 20 días por año de servicio, con un máximo de un año, para aquellos empleados públicos que no pasen las pruebas.

Pero, hete ahí que, cuando se ha pasado a la fase de aprobación parlamentaria, los habituales socios del Gobierno en las votaciones (nacionalistas, independentistas, etc.) le han plantado cara al Ejecutivo, y le han puesto condiciones para conseguir el número suficiente de votos para promulgar la tan ansiada norma, precisa para cumplir con las exigencias establecidas por la Unión Europea. Finalmente, y por un solo voto, han conseguido que se apruebe, pero han tenido que asumir que quien lleve más de diez años en una plaza interina, no tenga que presentarse a un concurso-oposición (lo cual abre la puerta a una posible demanda de inconstitucionalidad, a pesar de existir algún precedente), siempre que la plaza que ocupan no haya sido previamente cubierta en un concurso-oposición, y además que la prueba teórica “pueda” no ser eliminatoria, lo cual probablemente se plasmará en la letra pequeña del desarrollo final de las normas necesarias para la implementación de esta espinosa cuestión.

Récord de empleados públicos

En la actualidad, España tiene una plantilla de empleados públicos que se encuentra en máximos y que, de acuerdo con la Encuesta de Población Activa (EPA), supera los 3,2 millones de personas. Para que nos hagamos una idea, a principios de los años ochenta (antes de transferir las competencias a las Comunidades Autónomas), la plantilla de las administraciones públicas era de 1,6 millones de empleados, por lo que, en cuatro décadas, y a pesar de los avances de la robótica, el número de funcionarios y empleados públicos en general, directamente se ha duplicado.

En la actualidad hay en España más de 900.000 personas trabajando sin un contrato indefinido para las Administraciones Públicas

Aun así, hemos de reconocer que cuando se hace una comparación con otros países europeos, especialmente con los nórdicos, la ratio de empleados públicos por cada mil habitantes es menor en España, que se encuentra en un punto intermedio en la Unión Europea; otra cosa son los servicios públicos que se reciben en contraprestación, pero eso nos llevaría a otro tipo de análisis.

Centrándonos en la interinidad, el problema que se suscita es que tenemos en la actualidad más de 900.000 personas trabajando sin un contrato indefinido para las Administraciones Públicas, y el acuerdo es que se consoliden 300.000 plazas, por lo que una parte significativa de los que actualmente trabajan interinamente para el sector público tendrían que abandonar en tres años su puesto de trabajo. Sin embargo, están realizando funciones necesarias para el Estado, o al menos eso debemos creer, ya que, si no, ¿por qué cobran una nómina?

Si se va a reducir del 28% al 8% la interinidad, es porque el objetivo del Gobierno es reducir el número de interinos hasta 250.000 personas; si se hacen fijas 300.000, habría que despedir a 350.000, y, al margen de las indemnizaciones pactadas con los sindicatos, el problema sería quién realiza el trabajo de estos empleados actualmente interinos, o, en su defecto, si finalmente no fueran necesarios, ¿quién autorizó en su momento la contratación y cuáles fueron sus motivos?

Abusos

Como la capacidad para generar puestos de trabajo indefinidos en las administraciones públicas requiere de concurso-oposición, justificación de la plaza, etc., los responsables de dichas instituciones optaron en su momento por el modelo interino, es decir, se contrata personal pero temporalmente, y así resulta más fácil cubrir las teóricas necesidades de cobertura de puestos presuntamente necesarios para el normal desenvolvimiento de la función pública.

La interinidad, que es del 28% en el sector público y del 23% en en el sector privado, tiene consecuencias negativas sobre la sociedad en general

En las universidades, por ejemplo, el abuso de la adscripción de profesores asociados ha sido un clamor durante décadas, ya que esta figura, creada para cubrir situaciones específicas de clases dadas por profesionales para complementar la labor de los profesores titulares, se convirtió en una práctica generalizada, y la renovación de estos profesores año tras año ha supuesto una nota característica de la enseñanza universitaria durante años.

En el caso de los sanitarios, la situación ha sido similar, y hemos escuchado denuncias de médicos y enfermeras contratados durante muchos años de forma interina, mientras que las administraciones públicas se llamaban a andanas con el problema suscitado.

Un mal social

El no tener un empleo indefinido tiene consecuencias negativas sobre la sociedad en general (si la interinidad es del 28% en el sector público, en el sector privado es del 23%). No tener un empleo fijo cuando se es joven parece algo natural, hasta que uno se centra y ya inicia la fase adulta de su vida, pero cuando eso no ocurre y se llega a los cuarenta años viviendo en un ambiente de incertidumbre laboral, se produce lo que está pasando en España: que los jóvenes no pueden emanciparse, que no se casan, que no les da para comprar una vivienda, que no se pueden permitir tener hijos, etc., por lo que podemos afirmar que una interinidad excesiva es más un problema de modelo de Estado que otra cosa.

Probablemente, el coste del personal público interino es inferior al del personal con plaza, sin olvidar la cuestión de que cuando se “saca plaza”, esta pasa a ser vitalicia, y hoy en día, tener un puesto de trabajo “para toda la vida” es un auténtico lujo para cualquier persona que trate de entrar en el difícil y estrecho mercado laboral español, amén de que el salario medio de un empleado público supera en un 40% al salario medio de un empleado del sector privado, y no hemos de olvidar que son estos últimos los que pagan con sus impuestos el salario de los funcionarios.

Por tanto, resolver la interinidad es sólo una parte del problema, un parche a algo más amplio: cuál es la concepción del tamaño y las ventajas que tiene el colectivo de empleados públicos en España. Con la anterior crisis financiera, se produjo la llamada “devaluación interna” de los salarios del sector privado, y los emolumentos de muchos trabajadores se congelaron durante años o, sencillamente, parte de estos trabajadores se vieron obligados a aceptar una disminución de sus retribuciones para poder conservar su empleo. Sin embargo, esto no ocurrió ni con los salarios de los funcionarios ni con las pensiones de los jubilados, al margen de una congelación salarial durante un período corto de tiempo, y la demora durante dos o tres años de una paga extra a los primeros. Luego, el salario se ha mantenido incólume, y en los últimos años incluso se han acordado incrementos salariales y de pensiones.

Empleo seguro

El otro aspecto son las ventajas de ser funcionario; se trabaja, en general, solo por las mañanas y el puesto es vitalicio, es decir, salvo hechos muy graves no se despide a nadie. Si juntamos los tres aspectos (sueldo, horario y vitalicio), la propuesta es imbatible en el entorno laboral español. No es de extrañar que los trabajadores busquen, aunque sea de forma interina, un puesto en las administraciones públicas, sobre todo si, como parece, ahora les van a transformar en funcionarios con todos los derechos (a los 300.000 que antes hemos comentado). La espera seguro que les ha merecido la pena.

La cuestión es si este país, acosado por un déficit público permanente y una deuda pública difícilmente asumible, se puede permitir seguir consolidando funcionarios públicos “para toda la vida”. La plantilla actual del funcionariado está bastante envejecida (el 60% de los funcionarios tienen 50 años o más), y podría ser la oportunidad de cambiar el estatuto de empleado público, haciéndolo más acorde con los tiempos actuales y más “justo” con los trabajadores del sector privado. No se trata de quitar los derechos adquiridos a los funcionarios actuales, pero sí que, según se vayan jubilando, los nuevos funcionarios (incluidos estos 300.000) pasen a tener un régimen más racional: trabajar mañana y tarde (como se hace en el sector privado y así evitaríamos el pluriempleo, a veces no oficial, de los empleados públicos), que el puesto no sea vitalicio (salvo para cuerpos específicos como militares, policías, etc.), y que la retribución esté ligada a la productividad.

Además, sería también razonable establecer que los funcionarios puedan ser trasvasados de forma forzosa en comisión de servicio de unas administraciones a otras, cuando fuera necesario. No tiene sentido, por ejemplo, que un ayuntamiento haya duplicado su plantilla en las épocas de bonanza previas a la crisis financiera, y que luego, aunque no los necesite, se tenga que mantener a esos funcionarios en plantilla sin una carga laboral adecuada. Estos funcionarios deberían poder ser trasvasados temporalmente (aunque no quisieran, y en unas condiciones razonables) a una diputación o a otro ente público en lugar de convocar nuevas plazas, con lo que se aligeraría el coste global del mantenimiento del sector público.

No basta poner parches

Es cierto que tener personal interino permite despedirles en verano y volverles a contratar en otoño, abaratando el coste de las administraciones públicas, pero no parece demasiado ético, especialmente si lo hacen las instituciones públicas. Es mejor racionalizar la función pública identificando las necesidades reales de personal (incluso con una auditoría externa) y tener una plantilla estable e indefinida, que aprovechar las teóricas “ventajas” de la interinidad, para tener más empleados públicos con peores condiciones laborales.

En suma, de lo que estamos hablando es de modelo de Estado, y mientras no se definan cuántos empleados públicos debemos tener, dónde deben estar, las condiciones en que se pueden trasvasar y un estatuto más racional del desempeño laboral de la función pública, será difícil que consigamos centrar este colectivo que tan importante es para el desarrollo y gestión del país.

Pero, visto lo visto con las pensiones (han puesto unos parches para aguantar unos años), pienso que con la interinidad en la función pública va a pasar algo parecido, y dentro de unos años seguiremos teniendo más funcionarios de los que necesitamos y no necesariamente ubicados de una manera racional. Y cuando surja una nueva pandemia volveremos a aplaudir a los sanitarios a los que se había tenido trabajando interinamente y luego se les había despedido.

Miguel Córdoba
Profesor de Economía y Finanzas

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