Malasia: “Permiso para convertirme”

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Convertirse al cristianismo en una sociedad islámica conlleva ciertos riesgos. Quien lo haga en Arabia Saudí, por ejemplo, puede terminar con la cabeza separada del cuerpo, pues el Estado confesional invade el ámbito privado de la persona y le impone todo tipo de obstáculos a su deseo de abandonar la fe del profeta.

En Malasia, sin embargo, esto puede estar cambiando: una reciente sentencia de un tribunal civil del estado de Sarawak (en la isla de Borneo) ha dado la razón a un ciudadano de 41 años para que pueda quitarse su nombre musulmán y adoptar uno occidental, además de modificar su identificación en el carné de identidad como practicante del islam.

Según reporta Christianity Today, Rooney Rebit nació en 1975 en una familia cristiana, pero a los 8 años sus padres se convirtieron al islam, y él, inevitablemente, debió seguir la fe de ellos. Su nuevo nombre musulmán fue Azmi Mohamad Azam Shah.

Una de las prioridades del servicio exterior británico, promover la libertad religiosa en el mundo, no parece calar en la actuación de los tribunales locales

En 1999, sin embargo, Rebit abrazó el cristianismo y pidió ser reconocido oficialmente bajo su nombre original y como creyente cristiano, para lo que el Departamento Nacional de Identidad le exigió que presentara una orden del Tribunal de la Sharía (la ley islámica) que lo autorizara.

El reciente veredicto de la corte civil lo exime precisamente de esa orden –que podía ser perfectamente denegada o demorada por el tribunal islámico, con el añadido de fuertes multas al reclamante–, en razón de que su “conversión” al islam había tenido lugar cuando él era menor de edad y no tenía potestad alguna sobre su persona, y que fue a los 24 años, ya con la suficiente madurez para tomar sus propias decisiones, que se convirtió al cristianismo.

La juez, que ha ordenado a las autoridades que le emitan un documento de identidad con su nombre occidental y su clasificación como cristiano, ha explicado que Rebit “es libre de ejercer su libertad de religión, y ha elegido el cristianismo”.

¿Predicar a los musulmanes? Imposible

La libertad de religión está, en efecto, consagrada en el artículo 11 de la Constitución malasia. Según el texto, “toda persona tiene el derecho de profesar y practicar su religión, y de, teniendo en cuenta la cláusula 4, difundirla”.

La mencionada “cláusula 4” es, en todo caso, el cercano límite de esa libertad. La Carta Magna advierte ahí que las leyes federales y estaduales están facultadas para “controlar o restringir la propagación de cualquier doctrina o creencia religiosa entre las personas que profesan el islam”. O sea, que los cristianos pueden predicar a hinduistas, budistas, confucianos y a cualquier miembro de las minorías religiosas allí presentes, pero en ningún caso atreverse con los seguidores de Mahoma, quienes, en cambio, no tendrían obstáculo legal alguno para manifestar su credo a los fieles de cualquiera de las otras religiones presentes en el país.

A diferencia de Rebit, de origen cristiano, Lina Joy, nacida musulmana, no pudo cambiar oficialmente de religión

La propia existencia de un sistema legal islámico paralelo, cuyos veredictos son vinculantes para las instituciones civiles, aun en asuntos tan personales como la decisión de cambiar de religión o de nombre, deja entrever la fragilidad de la libertad religiosa en el que ha sido considerado tradicionalmente uno de los países más moderados del mundo musulmán.

Por eso, Christianity Today explica que la positiva sentencia en el caso de Rebit ofrece una esperanza a la comunidad cristiana del país, que constituye el 9% en una población de 30 millones. Los cristianos “se han sentido cada vez más bajo ataque: en los últimos años, se han confiscado Biblias en malayo, se ha prohibido a las iglesias emplear la palabra Alá para referirse a Dios, y han sido desacralizados varios lugares de culto” (cfr. Aceprensa, 25-03-2011).

“La fe no puede imponerse por la fuerza”

Por fortuna para Rebit, la corte civil que examinó su caso desestimó remitirlo al mentado Tribunal de la Sharía, al considerar que su conversión al islam no había sido voluntaria y que, a pesar de ello, en ningún momento él había puesto en duda la validez de esta. Su paso al cristianismo se trataba, en tal sentido, de un asunto de elección.

Es encomiable, además, que varios profesionales y organizaciones islámicas malasias se hayan pronunciado a favor de la sentencia. Uno de estos grupos, Hermanas en el Islam, conocido por su activismo prodemocrático, emitió una declaración en la que subrayaba que los principios del credo musulmán –“una religión de compasión y tolerancia”– no tenían por qué estar en conflicto con los intereses del país y de su gente: “La fe no puede imponerse por la fuerza. Al contrario, es consistente con la libre voluntad. La propia palabra islam significa subordinación a la voluntad de Dios, no a la de los hombres”.

La minoría cristiana de Malasia ha sido objeto de diversas arbitrariedades durante los últimos años

Menos apoyo tuvo, en los años 90, la joven Azlina binti Jailani, quien se convirtió al cristianismo en 1990 y solicitó a las autoridades que cambiaran su nombre –se llamaría Lina Joy– y su denominación como musulmana en el carné de identidad.

En 1999, un tribunal ordenó el cambio de nombre, pero no así que se modificara su previa identificación como musulmana, pues la corte islámica no había emitido el documento que autorizaría su abandono de la fe y su nueva clasificación como cristiana.

¿Diferencia con el caso de Rebit? La religión de origen. Si este pudo alegar haber sido convertido desde el cristianismo cuando era niño, con lo que la corte civil se abstuvo de derivarlo hacia el Tribunal de la Sharía, Lina Joy, musulmana de nacimiento, es para la ley malasia un caso de “apostasía”, por lo que se solicitud debía ser examinada por los clérigos, y ya se sabe cuán renuentes pueden ser a admitir la “huida” de un fiel.

La negativa de Joy a someterse al escrutinio del tribunal religioso fue resuelta en 2007 por la Corte Federal con una negativa a permitirle cambiar oficialmente de credo. Dos de los tres magistrados sentenciaron que si alguien deseaba renunciar a su religión, tenía que hacerlo según las leyes de esta, y solo después de que las autoridades constataran su apostasía, la persona podía profesar otro credo. “Nadie puede, por capricho, renunciar o abrazar una religión”, concluyeron.

Gran Bretaña: sancionada por intentar persuadir a una compañera musulmana

Las barreras que tiene que sortear un cristiano para dar a conocer su fe, no son, sin embargo, exclusivas del mundo musulmán. También en las sociedades europeas es posible que los tribunales nieguen el derecho de intentar convencer a otros.

Sucede así en Londres, con Victoria Wasteney. En 2013, esta especialista en terapia ocupacional habló sobre su fe y obsequió con un libro cristiano a una compañera de trabajo, creyente musulmana. Pero esta no tardó demasiado en denunciarla por acoso ante la dirección del hospital público en que ambas trabajaban.

Rebit “es libre de ejercer su libertad de religión, y ha elegido el cristianismo”

De resultas, el East London National Health Service le impuso a Wasteney, como medida disciplinaria, una suspensión de sueldo durante nueve meses. La especialista presentó una demanda, pero la corte sentenció que el empleador no había actuado de modo discriminatorio. En 2015 acudió al Tribunal Laboral de Apelaciones, y días atrás la juez desestimó el recurso.

La afectada se pregunta cómo es posible que un cristiano, solo por entablar una conversación sobre su fe con un compañero de trabajo, acabe delante de una corte laboral. “Creo que el NHS me singulariza para sancionarme porque no se respeta al cristianismo. Antes cerraron el servicio de oración que organicé para los pacientes, mientras que, a los musulmanes, se les ofrecen las mayores facilidades para practicar su fe”.

Paradójicamente, una de las líneas de política exterior del Reino Unido es promover el respeto a la libertad religiosa across the world. Según el Foreign Office, entre los derechos que deben garantizarse a los individuos está el de “expresar las creencias de uno y criticar las de otro de una manera no violenta” (punto 12). Que es lo que hizo la nada violenta Victoria Wasteney.

Así, aunque en Gran Bretaña, a diferencia de Malasia, no está prohibido intentar convencer pacíficamente a un musulmán, en la práctica, hacerlo puede acarrear un castigo.

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